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Como resultado final, no habrá ni beneficiados 7.2. El a n á lis is d e la o n e ro s id a d e n la fe
ni perjudicados, sino que todos se mantendrán p ú b lic a re g is tra l.
neutrales:
Y este mismo ejercicio puede ser hecho con
a) "A" al inicio tenía una casa que valía 100 la fe pública registral. Imaginemos que "A" es
y nada de dinero en efectivo; finalmente propietario registral de un inmueble que vale
recibió 100 por el préstamo que le hizo "B" 100. "B" falsifica su firma en un contrato de
pero perdió la casa (que sirvió como forma compraventa otorgado a su favor y logra ins
de pago de dicho préstamo). cribirlo, con lo cual pasa a figurar en Registros
Públicos como nuevo propietario. Adicional
b) "B"al inicio tenía 100 en efectivo; finalmente mente a ello "B" toma posesión del predio.
recuperó los 100 que le había prestado a "A" Posteriormente"B"vendeel inmueblea"C"por
gracias al remate de la casa10. el precio de 100."C"se preocupó por constatar
que "B" realmente fuese el propietario, y para
c) "C"al inicio no tenía una casa, pero sí 100 en ello verificó tanto la información registral como
p o r a lu m n o s de la F aculta d de D e rech o de la U n iv e rs id a d de Lima
efectivo, situación que se mantiene hasta la posesión del bien. Luego de enterarse de lo
el final, pues el bien que había adquirido ocurr¡do"A"demanda la nulidad de la compra
gratuitamente retorna al patrimonio de "A" venta otorgado a favor de "B" y en cadena la
pero no perdió sus 100. nulidad del contrato entre"B"y"C". Este último
invoca a su favor el 2014, señalando que dicha
Como se puede ver, proteger la adquisición nulidad no lo puede afectar pues es un tercero
onerosa del tercero que actuó de buena fe no ajeno al vicio (falsificación) que se presentó en
mejora las situaciones iniciales (siempre habrá un el contrato entre "A" y "B".
perjudicado, un beneficiado y alguien se manten
drá igual) pero evita que dicho tercero termine Hasta aquí:
asumiendo el rol de "perjudicado" (y que hasta
ese momento recae sobre aquel que contribuyó a a) "B"es el beneficiado, en tanto recibió 100
que se generen los hechos en los cuales el tercero por la venta de una casa que no era suya.
confió). Por ello hace bien el sistema jurídico en
proteger dicha adquisición onerosa. b) "A"es el perjudicado, en tanto perdió su casa
sin haber recibido nada a cambio.
Por el contrario, proteger la adquisición
gratuita del tercero no solo m antiene las c) "C"se mantiene igual: entregó 100 y recibió
situaciones iniciales (un perjudicado, un be a cambio una casa.
neficiado y un neutral), sino que impide que
estas mejoren, pues de no protegerse a dicho Si la adquisición de "C" queda protegida por el
tercero todos los intervinientes en el conflicto 2014 estas situaciones se mantienen. Por el con
R evista e d ita d a empezaron, es decir, no habrían ni perjudica situaciones se mantendrían pero los protagonistas
trario, si tal adquisición no fuese protegida las
terminarían en la misma posición en la que
cambiarían: declarados nulos los dos contratos de
dos ni beneficiados. Entonces, lo idóneo es la
transferencia, "A" recuperaría la casa y a "C" (que
no protección del tercero adquirente a título
gratuito, algo por lo cual el sistema ha optado
de manera adecuada. había pagado 100) no le quedaría más remedio
que exigirle a "B" la devolución del precio, algo
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AD VO C ATU S 10. En realidad "A" termina peor de lo que empezó, pues deberá asumir los costos y costas del proceso, y, de ser el
caso, deberá reparar el daño causado, Pero esto encuentra plena justificación, en tanto todo el problema lo generó
precisamente "A". De este modo, no solo se evita crear"perjudicados"y"beneficiados" sino que se penaliza a quien
causó todo el problema, lo cual es una razón adicional para justificar la decisión del sistema de no proteger las
adquisiciones gratuitas.
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