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de anulación tiene efectos ergo omnes, no order, the French Courde cassation confirmed
podemos perder de vista que la Convención the long-standing position ofthe French courts
de Nueva York ante todo debe solucionar pro and that ofthe majority ofthe French doctrine,
blemas. Y en este caso existe un serio problema according to which an arbitral award is not
por solucionar. grounded in any particular legal order. It thus
endorsed the delocalised viewof arbitration".54
Las propuestas de solución a la fecha son las
siguientes: (i) reconocer laudos anulados sin El propio Emmanuel Gaillard afirma que:
darle importancia a la decisión de anulación,
toda vez que los laudos internacionales serían "Esta representación también corresponde
"deslocalizados"; (ii) reconocer laudos anulados a la fuerte percepción de los árbitros de que
siempre que la decisión de anulación sea una ellos no administran justicia de parte de
"International Standard Anullment"y, (iii) reco ningún Estado en particular, sino que ellos
nocer laudos anulados siempre que la decisión juegan un rol judicial para el beneficio de la
de anulación atente contra el orden público del comunidad internacional. (...) la representa
U niversidad de Lima 1. Reconocer laudos anulados sin darle za, las leyes derivadas de sistemas legales
lugar donde el laudo se pretende reconocer.
ción transnacional considera que el arbitraje
internacional está anclado en la colectividad
de sistemas legales. Como tal, esta visión de
importancia a la decisión de anulación,
colectivismo judicial acoge, mas no recha
bajo el razonamiento de que los laudos
serían "deslocalizados".
nacionales".55
Facultad de Derecho de la Como señala Pinsolle, el principal proponente Según Pinsolle, las creaciones francesas como el
principio de separabilidad, el competence-com-
de este argumento es Emmanuel Gaillard53. Las
petence, la aplicación de las reglas de derecho
decisiones de las Cortes francesas en los casos
Hilmarton y Putrabali reconocen que el arbitraje
al fondo de la controversia, entre otras, fueron
revolucionarias en su época, como así también
es un orden jurídico autónomo, en el cual el
lo es la teoría acerca de la deslocalización de los
laudo no se encuentra vinculado o relacionado
laudos, la cual terminará por imponerse en las
a un ordenamiento jurídico en particular. Como
bien señala Pinsolle:
principales plazas del mundo56.
por alum nos de la 53. PINSOLLE, Philippe. "The Status of Vacated Awards in France: the Cour de Cassation Decisión in Putrabali". En:
"By confirming that an ¡nternational arbitral
Sin embargo, nosotros encontramos serios
problemas, ya que no se condice con la noción
award is not anchored in any national legal
Revista e ditada Arbitration International. Vol. 24. N° 2. Kluwer Law International, 2008, p. 282. “The notion of an arbitral legal order
was first crystallised, and justified on a theoretical basis, by Prof. Emmanuel Gaillard in his seminal paper given at the
end ofthe Sixth Brazilian Congress on Arbitration in November 2006.(13) Since then, Prof. Gaillard has developed his
analysis in his lectures at the Hague Academy of International Law on the philosophical aspects of arbitration.(14) It
is far beyond the scope ofthis article to summarise the theoretical justifcations for the existence of an arbitral legal
order distinct from national legal orders, and the practical consequences flowing from the existence ofan autonomous
arbitral legal order. Readers should consult directly the works ofProf. Gaillard on this issue.
All that can be said in this article is that by its decisión of29 June 2007, the French Cour de cassation has endorsed the
existence ofan autonomous arbitral legal order".
130 54. Loe. Cit.
ADVOCATUS 55. GAILLARD, Emmanuel. Op. Cit., p. 13.
56. PINSOLLE, Philippe. Op. Cit., pp. 283-284: "Similarly, and perhaps more directly analogous to the present
situation, it took quite some time for the ¡nternational arbitration community to admit the idea that arbitrators
could apply rules oflaw other than the law ofa given legal system, in order to deaI with the merits ofthe dispute,
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