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es inconsecuente sino contrario a sus propios Esto guarda estrecha relación con lo que regula la
actos, que una parte pretenda desconocer esto Convención de Nueva York a efectos de denegar
al momento del reconocimiento del laudo. el reconocimiento de laudos. En efecto, si por un
lado dispone que no se van a reconocer laudos en
Por otro lado, esta postura atenta contra la los que los árbitros no dieron a las partes debida
armonización de las leyes arbitrales y en el oportunidad para ser escuchadas o cuando el
interés de que se modifiquen leyes arbitrales tribunal arbitral no fue independiente o impar-
arcaicas. En efecto, si uno va a poder elegir cial, entonces, por otro lado, debe permitirse el
libremente una sede para su arbitraje sin im reconocimiento de laudos que fueron anulados
portarle qué tanto interferirá el Poder Judicial por un Poder Judicial que cometió los mismos
local en el arbitraje o qué tan "localistas" (o exó vicios. La coherencia debe ser una ruta de doble
ticas en palabras de Paulsson) son las causales vía. No puede ser una calle en un solo sentido.
de anulación de los laudos porque, al final de
cuentas, una potencial anulación no afectará el Además, entendemos que el orden público
reconocimiento del laudo anulado; entonces, internacional de un Estado es un requisito que
Revista editada por alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
¿qué incentivos se generan para que los Esta debe ser contemplado incluso en el momento
dos que desean ser sedes de arbitrajes interna del reconocimiento de laudos, ya que el proceso
cionales moderen el trabajo de sus tribunales de reconocimiento no puede ser cómplice de
de justicia y ajusten sus leyes de arbitraje a los decisiones de anulación contrarias a las nociones
estándares internacionales?58 básicas de justicia y moralidad de ese Estado.
3. Reconocer laudos anulados siempre que Por ello, el razonamiento de las cortes judiciales
la decisión de anulación atente contra en los casos Pemex, Thai Lao y Yukos nos parece
el orden público internacional del lugar el adecuado.
donde se pretende el reconocimiento.
En el caso Pemex existían suficientes evidencias
Esta solución se ha ido delineando en la juris que permitían arribara la conclusión que la de
prudencia estadounidense e incluso ha sido cisión de anulación del Poder Judicial mexicano
refrendada en Holanda. La posición es muy fue arbitrario y manifiestamente injusto, porque
sencilla: Se reconocerán laudos anulados en al aplicarse una norma no vigente al momento
la sede, solo cuando la decisión de anulación que las partes contrataron se convirtió una
sea contraria al orden público internacional del controversia plenamente arbitrable en una
lugar donde se pretende el reconocimiento. El no arbitrable y porque se dejó al demandante
estándar probatorio es sumamente alto y los sin la posibilidad de cuestionar la rescisión del
jueces del reconocimiento deben ser sumamen contrato ante otro fuero jurisdiccional.
te rigurosos en analizar las pruebas.
En el caso Thai Lao, la Corte que conoció el
Creemos que esta posición es la más acertada reconocimiento acertadamente entendió que
de todas las que hemos revisado. El análisis se no existían indicios suficientes que permitieran
centra en si la decisión de anulación en la sede entender que la anulación del laudo realizada
del arbitraje viola el orden público internacional por el Poder Judicial de Malasia fuera contraria
del lugar del reconocimiento. Es una evaluación al orden público internacional de los Estados
de la decisión del Poder Judicial extranjero, fren Unidos de América.
te a faltas graves al debido proceso, corrupción, Por último, en el caso Yukos la Corte de Apela
ADVO C ATU S 130 internacional del lugar del reconocimiento. ciones de Holanda concluyó que la decisión de
entre otras razones que violan el orden público
"Charles Darwin y el Arbitraje" En: Forseti N° 1. Lima: 2014, p. 116.
58.
BULLARD, Alfredo y REPETTO, José Luis.
266 F e r n a n d o C a n t u a r i a s S a l a v e r r y / J o s é L u i s R e p e t t o D e v i l l e