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La susodicha multiplicación se ha registrado en  ajeno, de entidades privadas o públicas de      «
         dos niveles:                                      proporcionar información sobre la base de       Z Z
                                                           sus  archivos;  ¿todo  bajo  apercibimientos    cer
         a)   Ha  c re c id o   la  c a n tid a d   d e   p r in c ip io s    severos  q u e   in c lu y e n   am enazas  p ena les
              procesales  civiles  autónomos. Tenemos      y pecuniarias? ¿Se  puede negar que todo        OO
                                                                                                           QQ
              así,  el  caso  del  principio  de  cooperación   ello encuentra  explicación  en  el  principio   AUTORES
                                                                                                   EXTRANJEROS
              procesal.                                    de  cooperación  procesal  que  determina
                                                           que  partes  y  terceros  deben  colaborar
              La cooperación procesal, tradicionalmente    necesariamente con el Servicio de Justicia?
              se  ha  estudiado  bajo  el  enfoque  de  la
              cooperación entre tribunales para obtener   b)  Se ha incrementado la aparición de nuevos
              la ejecución de sentencias y de mandatos     principios  derivados  o  consecuenciales
             judiciales  en  general.  El  análisis  de  esta   de  los  ya  clásicos.  Así,  vgr,  sucede  con
              vertiente, es el que ha convocado mayores    el  principio  del  máxim o  rendim iento
              afanes.  Aquí,  en  cambio,  nos  referiremos   procesal  que es un derivado del  principio
              al  principio que explica y justifica  que  las   de  economía  procesal  porque  apunta
              partes y también los terceros se encuentran   a  aprovechar  todas  las  potencialidades
              en  la  necesidad  de  colaborar  para  que  la   de  actividades  procesales  cum plidas;
              empresa  común  que  es  el  proceso  civil   constituyendo  así  una  variante  de  la
              genere el  beneficio  esperado,  que  no  es   economía de esfuerzos que es  una  de  las
              otro que dar a cada uno lo suyo. Cierto es   metas del principio de economía procesal.
              que el proceso civil es y seguirá siendo una
                                                                                                        OI
              suerte de contienda dialéctica  mantenida    El principio del máximo rendimiento procesal   ~o
              en el  plano intelectual, pero ello no obsta   en  sede  civil  — cuyo origen  se encuentra   0
                                                                                                       _c
              a  que  se  le  pueda  y  deba  requerir  a  las   en  el  Derecho  Procesal  Alemán  -ha  sido   u
                                                                                                        01
              partes  un  mínimo  de  colaboración  para   vinculado poralgunos con el llamado Análisis   a¡
                                                                                                       O
              que su desenlace sea el institucionalmente   Económico del  Derecho  cuyos  principales   <v
                                                                                                       T3
              esperado. Así, por ejemplo, se está abriendo   mentores son Ronald Coase y Richard Posner.   ~o
                                                                                                        ÍO
              paso la convicción de que -con base en el    Dicha corriente de pensamiento entiende que
                                                                                                        u
              principio de cooperación procesal— cuando    en un mundo de bienes y servicios escasos,   ro
                                                                                                       Li­
              se  contesta  una  demanda  que  incluye     debe optimizarse el uso de los recursos y que   ra
              un  episodio  en  el  que  palmariamente  ha   dicha optimización proporciona argumentos   <V
                                                                                                       T3
              intervenido  el  demandado  (por ejemplo,    que  pueden  influir,  por  ejemplo,  en  la   in
                                                                                                        O
                                                                                                        C
              un accidente de tránsito) no debe limitarse   adopción de cambios legislativos.           £
              a  negar los hechos constitutivos alegados                                                D
                                                                                                        ro
              en  la demanda, sino que debe aportar su     El  principio  del  m áxim o  rendim iento   O
                                                                                                        a
              propia versión fáctica y luego acreditarla so   procesal  en  sede  civil  explica  y justifica   ra
              pena de que en caso contrario ello pueda     diversas instituciones y soluciones legales   T5
                                                                                                        ra
              irrogar un indicio en contra.                y pretorianas. Veamos algunas:              "O
                                                                                                        ai
              La  p lu ra lid a d   de  versiones  fácticas   1)  La  prueba  trasladada,  conforme  cuyos
              proporcionadas  y  la  mayor  cantidad  de   lineamientos es viable -satisfechos ciertos
              prueba  producida,  redundará,  sin  dudas,   recaudos—  que  una  prueba  producida
              en  una  mayor posibilidad  del  tribunal  de   en  una causa  pueda  hacerse valer en otra
              acercarse a la verdad histórica de un hecho   distinta y hasta tramitada  en  un fuero di-
              o  circunstancia.  Y  qué  decir  del  deber   ferente;                                  g
              procesal  de  los  testigos  de  comparecer   2)  La  conservación,  en  principio,  de  la   ^
              y  declarar,  de  los  terceros  de  allegar   fuerza probatoria  de las actuaciones desa-   o
              documental  privada  que se encuentra  en    rrolladas en un proceso declarado caduco    q
              su poder y que tenga relación con un litigio  o aún nulo;                                ^



          Apuntes  correspondientes  a  un  enfoque  actual  de  los  Principios  Generales  del  Proceso  Civil   J91
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