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que en el arbitraje se aplican las mismas Con todo, no nos dejemos ofuscar con el
garantías de justificación constitucional. El presunto resplandor de tal afirmación pues
ponente MARTÍNEZ GARCÍA101 apostillaba que habrá que examinar con algún detenimiento
la decisión del árbitro implicaba la realización esa, sin duda, importante conclusión que ha
del derecho a la tutela judicial efectiva. supuesto revisar la jurisprudencia arbitral
existente sobre el tipo de garantías ubicables en
O sea, que se adm itió que la anulación del el arbitraje. Por lo pronto, resulta que las inercias
laudo arbitral por infracción de los valores prejuiciosas, por las que a menudo nos dejamos
fundamentales del arbitraje como proceso que es llevar, pregonan la poca atención que se presta a
son los consagrados en la norma constitucional. cuestiones no exentas de importancia como las
Era la tesis del ponente ROMERA MARTÍNEZ.102 que afectan al tipo de garantías que se ejercen
en el arbitraje. Así que tomaré como punto de
Me azoran tales remisiones ai claustro de “lo referencia la proyección de garantía común u
jurisprudencial" por chocar frontalmente con ordinaria de origen negocial de las actuaciones
las tesis del ponente constitucional DELGADO arbitrales (garantismo) basada en el principio de
Universidad de Lima en que en el arbitraje se aplican unas mismas Este punto de partida no me ha sido vano ni
autonomía negocial de la voluntad.'05
BARRIO. Si se acoge la impostación consistente
garantías de justificación constitucional deberá
sonar como estruendosa la afirm ación de
contraproducente. Al menos he conseguido
que en él nada hay de — ¡atención!— garantía
aclarar algo: la proyección de garantía común u
común u ordinaria y que, por tanto, la conclusión
bitrales (garantismo) constituyela justificación del
de orden práctico no sería otra que la de no ordinaria de origen negocial de las actuaciones ar
por alum nos de la Facultad de Derecho de la
cerrar el paso al amparo constitucional a las arbitraje’06 — al margen de cualquier polémica
garantías que se vulneren en el arbitraje.'03 Pero en torno al mismo, ya sea contractualista, juris
seamos realistas, no es ese el mensaje que diccionalista o mixta—; lo que significa que no
desea enviar nuestro esforzado ponente basta con la sola afirmación de que a través del
constitucional DELGADO BARRIO para el que, arbitraje se garantiza la resolución de la contro
frente a la interrogante: ¿garantías ordinarias versia, ya sea en equidad o en derecho, sino que
versus garantías constitucionales en el arbitraje? es preciso, además, conectarla actividad de ga
la respuesta ha de consistir en la prevalencia rantía que se lleva a cabo mediante la actuación
y afirmación, sin fisuras, de las primeras en del árbitro con el sistema de garantías procesales
el arbitraje'04 frente al deseo de integrar en el comunes u ordinarias recogidas y asumidas, en
arbitraje garantías de justificación constitucional. nuestro caso, por la normativa arbitral.W7
Revista editada 101. MARTÍNEZ GARCÍA, A. S. Sentencia de la Audiencia Provincial de Palencia de 10 de junio de 1999, en RVDPA, 2,
2000, § 227, pág. 441. Se puede consultar en la web: www.cortevascadearbitraie.com. en la Sección: Base de datos
de jurisprudencia arbitral.
102. ROMERA MARTÍNEZ, J. Ma. Sentencia de la Audiencia Provincial de Ávila de 6 de septiembre de 1995, en RVDPA, 3,
1997, § 117, pp. 583 y 584.
103. LORCA NAVARRETE, Antonio Ma. Lo anulación del laudo arbitral. Una investigación jurisprudencial y doctrinal, cit.,
pág. 52.
126 104. Loc.Cit.
105. LORCA NAVARRETE, Antonio Ma. ¿Es posible el amparo constitucional frente al arbitraje? Reflexiones sobre la
ADVOCATUS 106. LORCA NAVARRETE, Antonio Ma. La anulación del laudo arbitral. Una investigación jurisprudencial y doctrinal, cit.,
justificación del arbitraje, cit., pp. 117 y 118.
pág. 52.
107. Ibíd., pp. 52 y 53.
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