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(B) Las Reglas del Mecanismo Complemen surgir en el marco de un TIB con estas caracte «
tario del CIADI, siempre que tanto la Parte rísticas, ya que determinaría si la cláusula de SDC
contendiente o la Parte del inversionista sería vinculante entre ellos o si en la práctica c a r
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contendiente, pero no am bas, sea p a rte del cualquiera de las partes pudiera pedir la aplica V-XJ
Convenio del CIADI; ción de la cláusula de SDC de otro BIT firmado OO
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(C) Las Reglas de Arbitraje de la CNUDMI, o por la contraparte. Esto puede dejar abierta una AUTORES
NACIONALES
(D) Cualquier otra institución arbitral o ventana de posibilidades.
cualquier otro reglamento de arbitraje, si las
partes contendientes así lo acuerden."5 II. ANÁLISIS DE LA JURISPRUDENCIA
Tener esta coexistencia de una cláusula NMF y El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias
la de SDC bajo el mismo acuerdo da pie a una Relativas a Inversiones (en adelante, CIADI) es
vieja e interesante discusión académica que de una institución internacional con más de ciento
hecho surge de nuevo. Dada la existencia de cuarenta Estados miembros, cuyo principal
una Sección de Solución de Controversias en los o b je tivo 6 es proporcionar medios para la to
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últimosTLC suscritos con otros países, y debido conciliación y el arbitraje de las controversias
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a la decisión de ambas partes de incluir un internacionales de inversión. CIADI es considerada ~o
beneficio de Nación Más Favorecida en su TLC, como la institución de arbitraje internacional más -o
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¿hace que este beneficio se aplique también importante para los inversores — solución de T S
a los SDC acordados por ellos? Y si esto es así, controversias con el Estado.7 QJ
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¿existen limitaciones para su aplicación? c
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Bajo las reglas de esta institución, algunos _TO
En una amplia variedad de casos, tribunales tribunales han emitido diversos laudos relativos QJ
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arbitrales han sido solicitados para deducir una a la discusión sobre este estudio, estableciendo O
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la cláusula NMF en un TIB, a fin de determinar la jurisprudencia pertinente. A continuación un LJ
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si se extiende a una disputa — resolución. análisis de los más notables y relevantes.8 OJ
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Sus decisiones no han sido uniform es o QJ
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consistentes; distintos tribunales incluso han Es im portante mencionar que en el marco -a
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llegado a conclusiones contradictorias. del sistema del CIADI no hay mecanismo para "5
promover la seguridad y la previsibilidad. Pero esto u
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Lo que este artículo pretende es analizar las no significa que las decisiones de sus tribunales _TO
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implicaciones de las cláusulas y secciones no puedan ser citados por las partes en un caso "O
a continuación, revisando los casos más particular. Siendo esas decisiones no vinculantes 1/1
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im portantes en los que los tribunales han para el Tribunal para resolver la disputa. £
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expresado su opinión al respecto. TO
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La respuesta a estas preguntas es muy impor 1. Caso Emilio Agustín Maffezini vs Reino TO
tante para los futuros conflictos que puedan de España.9 T3 TO
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5. Perú — South Korea BIT chapter 9. The entire BIT is available in the webpage of the Ministry of Foreign Exchange of CC
Perú at: http://www.mincetur.gob.pe/newweb/Portals/0/comercio/tlc_corea/texto_acuerdo.html (Last accessed
on April 28th, 2011).
6 . ICSID webpage at: «5
http://icsid.worldbank.org/ICSID/FrontServlet?requestType=CasesRH&actionVal=ShowHome&pageName=Abou co
ti CSID_Home (Last accessed on April 28th, 2011).
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7. Ibid.
§
8. (ICSID Case No. ARB/04/14) Wintershall Aktiengesellschaft v. Argentine Republic. Q
9. ICSID case No ARB/97/7, IIC85 (2000).
En el Tratado de Libre Comercio firmado con Corea del Sur ¿es necesaria la inclusión de una ciaúsula...