Page 184 - FLIP EXTRA
P. 184
TEMA III
CONTRATOS TRASLATIVOS DE DOMINIO
COMPRA-VENTA.
Contrato tipo traslativo de dominio Medio primordial de
adquirir dominio en el derecho moderno
CONCEPTO.
Deriva del Codigo Napoleon se define como el contrato por virtud del cual una parte
llamada vendedro, trasmite la propiedad de alguna cosa o de un derecho a otra llamada
comprador mediante el pago de un precio cierto y en dinero. El artículo 2248 del CCF
establece la definición legal.
ELEMENTOS DE LA COMPRAVENTA
Los elementos esenciales de la compraventa según Rafale Rojina Villegaz son: el
consentimiento y el objeto. El consentimiento se refiere el artículo 2248 del CCF cuando
uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad o dominio de la cosa o derecho y
el otro se obliga al pago oneroso de la misma, por lo que el primer elemento es un acuerdo
de voluntades que tiene por objeto el traslado de domino de un bien o derecho y el pago
justo o convenido de ese traslación de dominio de cosa o derecho cierta El Objeto directo es
el segundo elemento esta es una cosa corpórea o incorpórea, el articulo 1874 del CCF
vigente establece la característica del objeto del contrato. El objeto jurídico se establece en
el artículo 2014 del CCF como la trasmisión de propiedad de la cosa vendida y del precio.
NATURALEZA JURÍDICA, PERFECCIÓN Y CONSUMACIÓN.
La naturaleza jurídica del contrato de compraventa en la trasmisión de propiedad de la cosa
vendida y el precio, los códigos 1870,1884 y 1928 establece una diferencia entre contrato y
trasmisión de propiedad siguiendo el sistema Frances y convierten la traslación de dominio