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las tierras descubiertas, de acuerdo con la premisa expuesta por Enrique de Susa, el Ostipense,
de que si Dios es el creador de las cosas terrenales y el papa es el representante terrenal de Jesús,
entonces ello resulta ser un justo título para legitimar dichas tierras. En tal forma legitimadas las
tierras a favor de la Corona española, se constituye la propiedad de ésta, así como la personal
del monarca, con lo que surgen las tierras realengas, que pertenecías al Tesoro Real e incluían
tierras de siembra, montes, pastos y aguas. De ahí se deriva la propiedad inmueble que rige
durante el coloniaje y que desde el punto de vista individual incluía:
• Las Mercedes Reales.- Eran tierras dadas a los conquistadores y colonizadores, cuya superficie
variaba en cuanto a su extensión por los méritos del solicitante o la calidad de las tierras. Las
mercedes eran provisionales, ya que el titular tenía que cumplir los requisitos de residencia y de
explotación agrícola que se imponían para obtener la propiedad.
• La Caballería. - Medida de tierra entregada en merced a un soldado de caballería. • La Peonía.
- Consistía en la tierra entregada en merced a un soldado de infantería. • Las Suertes. - Solares
de labranza que se daban a los colonos por medio de una capitulación o una merced.
• La Compraventa. - El Tesoro Real podía vender las tierras avasalladas por medio de la
compraventa a particulares.
En cuanto a los medios de que disponían tanto las personas morales como las personas físicas
para adquirir la propiedad, éstos eran:
• Confirmación.- Era un procedimiento por el cual el rey ―confirmaba‖ la tenencia de la tierra a
alguien que careciera de títulos sobre ella, o bien, cuando su título tuviera algún vicio.
• Usucapión. - Las tierras realengas podían usucapirse (prescribir) y el termino para ello variaba.
Composición. - En 1631 los cabildos dispusieron que aquellos que hubieren introducido y
usurpado más de lo que les perteneciera, fueran admitidos en cuanto al exceso, a moderada
composición, despachándole nuevos títulos. En cuanto a la propiedad colectiva, existían las
siguientes: • Las reducciones.- Consistían en pueblos de fundación indígena cuyo objeto era
concentrar a los indios para que fueran instruidos en la santa fe católica y sometidos a un orden
legal.