Page 78 - Ley y Reglamento Contrataciones del Estado
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Instituto Peruano de Contrataciones del Estado           -            Ley y Reglamento de Contrataciones 2019


                  102.4. El cumplimiento de los requisitos previstos para las contrataciones directas, en la Ley y el
                      Reglamento, es responsabilidad del Titular de la Entidad y de los funcionarios que intervengan
                      en la decisión y ejecución.
                  102.5. Cuando no llegue a concretarse la elección al proveedor o suscripción del contrato, se deja sin
                      efecto  automáticamente  la  adjudicación  efectuada,  debiendo  la  Entidad  continuar  con  las
                      acciones que correspondan.




                                                        CAPÍTULO VIII
                                                   COMPRAS CORPORATIVAS



                             Artículo 103. Características del proceso de Compra Corporativa
                  103.1. Las Compras Corporativas pueden ser facultativas, para lo cual las Entidades celebran un
                      convenio interinstitucional, u obligatorias,  cuando se establezca mediante decreto supremo
                      emitido  por  el  Ministerio  de  Economía  y  Finanzas,  con  el  voto  aprobatorio  del  Consejo  de
                      Ministros. Las, Compras Corporativas Obligatorias están a cargo de PERÚ COMPRAS.

                  103.2.  Los  bienes  y  servicios  en  general  que  pueden  ser  objeto  de  Compras  Corporativas  son
                      susceptibles de ser homogeneizados.
                  103.3. Para la agregación de la demanda de las Entidades se puede utilizar criterios tales como el
                      geográfico, el sectorial, el temporal o la combinación de estos, entre otros.
                  103.4. Pueden incorporarse en las compras corporativas los requerimientos de las Entidades cuyos
                      valores estimados no superen las ocho (8) UIT.

                  103.5. Las Compras Corporativas no requieren de la modificación del Plan Anual de Contrataciones
                      de las Entidades participantes, aunque corresponde indicar que se procede a contratar mediante
                      Compra Corporativa, con expresa mención de la Entidad encargada de la Compra Corporativa.

                  103.6. Son entidades participantes aquellas que contratan bienes y servicios en general a través de
                      Compras Corporativas.
                  103.7. Es posible adjudicar parcialmente la buena pro cuando la oferta ganadora supere el valor
                      estimado y alguna de las Entidades participantes no haya obtenido la certificación presupuestal
                      suficiente. Para tal efecto, el postor mantiene las mismas condiciones ofertadas para las demás
                      Entidades participantes.

                  103.8. Las Entidades participantes se encuentran obligadas a contratar directa y exclusivamente con
                      los proveedores seleccionados los bienes y/o servicios en general cuyo requerimiento haya sido
                      materia  de  la  Compra  Corporativa.  Asimismo,  se  encuentran  obligadas  a  perfeccionar  los
                      contratos, pagar al contratista o contratistas, previa conformidad de la prestación ejecutada, así
                      como a los demás actos relacionados con la ejecución del contrato.
                  103.9. Los contratos derivados de la Compra Corporativa, así  como la información referida a su
                      ejecución es registrada en el SEACE, por cada una de las Entidades participantes, en un plazo no


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