Page 80 - Ley y Reglamento Contrataciones del Estado
P. 80
Instituto Peruano de Contrataciones del Estado - Ley y Reglamento de Contrataciones 2019
seleccionado y la buena pro quede consentida, luego de lo cual, cada una de las Entidades
suscribe los contratos correspondientes con el proveedor o proveedores seleccionados por el o
los requerimientos encargados.
106.2. Una vez registrado en el SEACE el consentimiento de la buena pro, la Entidad encargada
comunica a las Entidades participantes los resultados del procedimiento, dentro de un plazo no
mayor a tres (3) días hábiles. Vencido dicho plazo, se inicia el procedimiento para el
perfeccionamiento del contrato, conforme a los plazos y procedimiento previsto en el artículo
141.
106.3. Del mismo modo, el encargo efectuado no puede, en ningún caso, ser interpretado como
extensivo a la ejecución de las obligaciones que se generan en la fase de ejecución contractual
propiamente dicha, tales como el pago del precio, la supervisión de la ejecución de las
prestaciones, conformidad de la prestación y demás obligaciones inherentes a las Entidades
participantes.
Artículo 107. Compras Corporativas Obligatorias y entidad a cargo
107.1 Mediante decreto supremo del Ministerio de Economía y Finanzas, con el voto aprobatorio del
Consejo de Ministros, se establecen los bienes y servicios en general que se contratan mediante
Compras Corporativas Obligatorias, así como las Entidades participantes y las entidades que
conforman el Comité Técnico Especializado.
107.2 PERU COMPRAS es la Entidad encargada de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de
acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1008, el Decreto Supremo que se emita
para tal efecto, así como en los dispositivos y documentos de orientación que emita dicha
Entidad.
107.3. PERU COMPRAS se encarga de homogeneizar y consolidar los requerimientos de las Entidades
participantes, para cuyo efecto determina el contenido, cantidad y oportunidad de remisión de
la información que es proporcionada por las mismas, así como todas las demás actuaciones
preparatorias necesarias.
107.4. Designadas las Entidades participantes, estas tienen la obligación de remitir los
requerimientos respectivos, con la certificación y/o previsión presupuestal, y la información
complementaria a PERÚ COMPRAS, conforme a los lineamientos, plazos y procedimiento
establecidos, bajo responsabilidad. El Titular de la Entidad dispone la gestión del presupuesto
necesario para participar en la Compra Corporativa Obligatoria.
Artículo 108. Compras Corporativas Facultativas
108.1. Para las Compras Corporativas que se realicen de manera facultativa, se elabora uno o varios
convenios que son suscritos por los funcionarios competentes de las Entidades participantes.
Mediante directiva el OSCE aprueba el formato estándar de convenio, el cual es de uso
obligatorio para las mismas. El Titular de la Entidad dispone la gestión del presupuesto necesario
para participar en la Compra Corporativa Facultativa.
72