Page 79 - Ley y Reglamento Contrataciones del Estado
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Instituto Peruano de Contrataciones del Estado           -            Ley y Reglamento de Contrataciones 2019


                      mayor de diez (10) días hábiles siguientes a su perfeccionamiento, ocurrencia o aprobación,
                      según corresponda.
                  103.10. El proceso de contratación se realiza conforme a las reglas establecidas en la Ley, el presente
                      Reglamento y demás disposiciones complementarias.



                             Artículo 104. De la Entidad encargada
                             La Entidad encargada de la Compra Corporativa tiene a su cargo las siguientes tareas,
                      según corresponda:
                                a) Recibir los requerimientos de las Entidades participantes.

                                b) Consolidar y homogeneizar las características de los bienes y servicios en general,
                                  así como determinar el valor estimado.

                                c) Efectuar todas las actuaciones preparatorias necesarias para elaborar y aprobar el
                                  expediente de contratación.

                                d) Designar al o a los comités de selección que tienen a su cargo los procedimientos
                                  de selección para las compras corporativas.
                                e) Aprobar los documentos del procedimiento de selección que correspondan.

                                f) Resolver los recursos de apelación, cuando corresponda.
                                g)  Designar  un  comité  técnico  especializado  para  determinar  las  características
                                  homogeneizadas de los bienes y servicios en general requeridos por las Entidades
                                  participantes.


                             Artículo 105. Comité de selección

                             El  funcionamiento,  competencia,  obligaciones  y  demás  atribuciones  del  comité  de
                      selección son los previstos en la Ley y el Reglamento, siendo además responsable de:

                                a) Elaborar las bases, conforme al contenido del expediente de contratación. En las
                                  bases se distingue claramente el requerimiento de cada Entidad participante del
                                  convenio, para los efectos de la suscripción y ejecución del contrato respectivo.

                                b)  Una  vez  que  quede  consentido  el  otorgamiento  de  la  buena  pro,  elevar  el
                                  expediente al Titular de la Entidad encargada de la Compra Corporativa para su
                                  remisión a las Entidades participantes.



                             Artículo 106. Alcances del encargo en el caso de Compras Corporativas
                  106.1. El encargo que se efectúe en las Compras Corporativas solo alcanza las acciones necesarias
                      que permitan a la Entidad encargada realizar el procedimiento de selección para obtener, de
                      parte de los proveedores del Estado, una oferta por el conjunto de los requerimientos similares
                      de las Entidades participantes, y solo hasta el momento en que se determine al proveedor


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