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Artículo 26, Declaración Universal de los Derechos Humanos

                  Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al
                  menos  en  lo  concerniente  a  la  instrucción  elemental  y  fundamental.  La
                  instrucción  elemental  será  obligatoria.  La  instrucción  técnica  y  profesional
                  habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para
                  todos, en función de los méritos respectivos





















                  La  escuela,  supone  la  puesta  en  marcha  de  los  resortes  que  forman  al
                  individuo como un ser social. En ella se recibe lo que se denomina Educación
                  en  Valores,  esta  forma  de  enseñanza,  sienta  las  bases  de  una  ciudadanía
                  democrática inmersa en  los principios de paz, igualdad, tolerancia y equidad.

                  Los  niños  son  titulares  de  dos  derechos  fundamentales     y  que  no  pueden
                  garantizarse  el  uno  sin  el  otro:  el  derecho  de    igualdad  y  el  derecho  a  la
                  educación,  pero  solo  la equidad,  garantiza  igualdad  de  oportunidades  y  una
                  buena inclusión educativa  ya  que  compensa  cualquier  tipo  de  desigualdad  o
                  diferente capacidad.

                  Las escuelas son integradoras y en ellas, el alumnado deja ver su diversidad,
                  (ambos sexos, razas y estatus sociales diferentes,  distintas opciones sexuales
                  y  como  no…diferentes  capacidades),  lo  que  plantea  una  duda  sobre  si  las
                  Instituciones  educativas  están  preparadas  para  asumir  el  reto  que  supone
                  formar de manera equitativa, no solo de nombre; también en forma.


                  Malú Martínez Directora del C.E.I.P. Javier de Miguel [Madrid], pone un ejemplo
                  muy coherente y práctico: “Si todo el que accede a un edificio lo hace por unas
                  mismas escaleras,  hay igualdad en el acceso; pero si, además, hay una rampa
                  para las personas que se mueven en silla de ruedas hay equidad. Aunque se
                  accede de forma diferente, se hace en igualdad de condiciones. No todos los
                  niños  acceden  a la  escuela  en  las  mismas  condiciones,  es  por eso  que  son
                  necesarias políticas de equidad, de discriminación   positiva o compensatorias
                  que garanticen el disfrute del derecho en igualdad”
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