Page 4 - JURISPRUDENCIA FIRME 247
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JURISPRUDENCIA FIR-
           Distrito  Federal  aplicable  de la celebración del acto               2017.  Unanimidad  de  catorce  votos  de
           para la Ciudad de México,  jurídico que le dio origen, la              los Magistrados Marco Antonio Rodríguez
                                                                                  Barajas, quien formuló voto concurrente,
           en  el  sentido  de  que  se  autenticidad del documento  Alejandro Villagómez Gordillo, Paula María
           «presume que la posesión  en que se consigna el acto                   García Villegas Sánchez Cordero, quien
           se sigue disfrutando en el  traslativo  de  dominio,  y                se adhiere al voto referido, Leonel Castillo
                                                                                  González, Walter Arellano Hobelsberger,
           mismo concepto en que se  que quien transmitió al ad-                  Ismael Hernández Flores, Manuel Ernesto
           adquirió, a menos que se  quirente la posesión podía                   Saloma  Vera, Abraham  Sergio  Marcos
           pruebe  que  ha  cambiado  disponer  del  bien,  por  lo               Valdés, quien también se adhiere al voto
                                                                                  referido, Víctor Hugo Díaz Arellano, Irma
           la causa de la posesión»,  que puede presumirse que  Rodríguez  Franco,  Gonzalo Arredondo
           está  referido  a  la  causa  la  adquisición  se  realizó             Jiménez, Daniel Horacio Escudero Con-
           generadora de la posesión;  sin violencia. Sin embargo,                treras,  Benito Alva  Zenteno  y  Gonzalo
                                                                                  Hernández  Cervantes.  Ponente:  Daniel
           es  decir,  conforme  a  esa  para probar que la posesión  Horacio Escudero Contreras. Secretaria:
           disposición  se  presume  se ha mantenido en forma                     Margarita Constanza Alvarado Almaraz.
           que  la  posesión  se  sigue  pacífica  durante  el  plazo             Tesis  y  criterio  contendientes:  Tesis
                                                                                  I.3o.C.498 C, de rubro: «POSESIÓN EN
           disfrutando  en  el  mismo  exigido para que opere la  FORMA PACÍFICA. SE PRESUME QUE
           concepto en que se adqui- prescripción, el justo título                CONTINÚA ASÍ COMO CONSECUENCIA
           rió (originaria o derivada),  genera sólo un indicio de di-            DEL TÍTULO GENERADOR DE LA PO-
                                                                                  SESIÓN Y CORRESPONDE LA CARGA
           a menos de que se pruebe  cha circunstancia y será ne-                 DE LA PRUEBA DE DESVIRTUARLA A
           que ha cambiado la causa  cesario  adminicularlo  con  QUIEN LA CUESTIONA.», aprobada por
           de  la  posesión,  esto  es,  otros medios de prueba que               el Tercer Tribunal Colegiado en Materia
           que el poseedor derivado  generen la convicción plena                  Civil del Primer Circuito y publicada en el
                                                                                  Semanario Judicial de la Federación y su
           aduzca  ser  poseedor  ori- al  juzgador  de  que  quien  Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, julio
           ginario con la intención de  entró  a  poseer  en  forma               de 2005, página 1484, y El sustentado por
           convertirse en propietario,  pacífica la ha conservado                 el Segundo Tribunal Colegiado en Materia
                                                                                  Civil del Primer Circuito, al resolver el juicio
           por  ejemplo.  Por  tanto,  con tal cualidad durante el  de amparo directo 498/2015.
           para acreditar la posesión  lapso necesario para usuca-                Esta tesis se considera de aplicación
           pacífica,  el  que  pretende  pir; elementos de prueba que             obligatoria a partir del lunes 30 de oc-
                                                                                  tubre de 2017, para los efectos previstos
           usucapir puede valerse de  deberán analizarse concate-                 en el punto séptimo del Acuerdo General
           cualquier medio de prueba  nadamente para determinar,                  Plenario 19/2013.
           directo o indirecto; en ese  en cada caso en concreto,                 Décima  Época.-  Registro:  2015403.-
                                                                                  Instancia:  PLENO  EN  MATERIA  CIVIL
           sentido, acreditada la exis- que nadie se la ha discutido  DEL  PRIMER  CIRCUITO.- Tesis:  Juris-
           tencia de un justo título o  o perturbado, ni ha mediado               prudencia.-  Fuente:  Semanario  Judicial
           título subjetivamente válido,  violencia y, por ende, que ha           de la Federación.- Publicación: viernes 27
                                                                                  de octubre de 2017.- Tesis: PC.I.C. J/51
           como causa generadora de  sido pacífica.                               C (10a.)
           la posesión, es dable jurídi-            Contradicción de tesis 12/2016.
           camente inferir a través de              Entre  las  sustentadas  por  los
                                                    Tribunales  Colegiados  Segundo
           una  presunción  humana,                 y Tercero, ambos en Materia Civil
           que  el  bien  fue  adquirido            del Primer Circuito. 4 de julio de
           de  forma  pacífica,  pues
           la  demostración  del  justo
           título, que cumple con las
           características  señaladas                     VENTAS Y SUSCRIPCIONES
           por  la  Suprema  Corte  de
           Justicia de la Nación para                      CE: jurishoy@hotmail.com
           considerarlo como prueba
           apta para demostrar la pro-
           piedad, evidencia la certeza
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