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JURISPRUDENCIA FIRME
Díaz Arellano, Irma Rodríguez Franco,
Acción de prescripción del Gonzalo Arredondo Jiménez, Daniel
Horacio Escudero Contreras, Benito
Alva Zenteno y Gonzalo Hernández
comprador vs. el vendedor Cervantes. Ausente: Abraham Sergio
Marcos Valdés. Ponente: Walter Arella-
no Hobelsberger. Secretario: Enrique
Cantoya Herrejón.
Criterios contendientes: El sustenta-
do por el Segundo Tribunal Colegiado
CCIÓN DE PRESCRIPCIÓN tal a la tutela judicial efectiva, en Materia Civil del Primer Circuito,
AADQUISITIVA. EL COMPRA- reconocido por el artículo 17 al resolver el juicio de amparo directo
DOR DE UN BIEN INMUEBLE QUE de la Constitución Política de 701/2016, el sustentado por el Cuarto
OBTUVO SENTENCIA FAVORA- los Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Colegiado en Materia Civil del
Primer Circuito, al resolver el juicio de
BLE EN LA ACCIÓN PRO FOR- el cual es concordante con las amparo directo 919/2016, el susten-
MA TIENE LEGITIMACIÓN PARA prerrogativas contenidas en los tado por el Sexto Tribunal Colegiado
EJERCER AQUÉLLA, SI EXISTE artículos 8, numeral 1 y 25 de la en Materia Civil del Primer Circuito,
al resolver el juicio de amparo directo
IMPOSIBILIDAD JURÍDICA Y/O Convención Americana sobre 531/2016 y el diverso sustentado por
MATERIAL PARA EJECUTARLA, Derechos Humanos, así como el Décimo Segundo Tribunal Colegiado
O BIEN, UN ALTO GRADO DE DIFI- 14, numeral 1, del Pacto Inter- en Materia Civil del Primer Circuito, al
resolver el juicio de amparo directo
CULTAD PARA ESCRITURAR.- En nacional de Derechos Civiles 664/2011.
congruencia con lo determinado por y Políticos. Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J.
la Primera Sala de la Suprema Corte Contradicción de tesis 6/2017. 61/2010 citada, aparece publicada en
de Justicia de la Nación, en la juris- Entre las sustentadas por los el Semanario Judicial de la Federación
Tribunales Colegiados Segundo, y su Gaceta, Novena Época, Tomo
prudencia 1a./J. 61/2010, del rubro: Cuarto, Sexto y Décimo Segundo, XXXIII, abril de 2011, página 5.
«ACCIÓN DE USUCAPIÓN EJER- todos en Materia Civil del Primer Esta tesis se considera de aplica-
CITADA POR EL COMPRADOR Circuito. 22 de agosto de 2017. ción obligatoria a partir del lunes
Unanimidad de trece votos de 30 de octubre de 2017, para los
EN CONTRA DEL VENDEDOR los Magistrados Marco Antonio efectos previstos en el punto séptimo
(TITULAR REGISTRAL). SU PRO- Rodríguez Barajas, Alejandro del Acuerdo General Plenario 19/2013.
CEDENCIA.», en el sentido de que, Villagómez Gordillo, Paula María Décima Época.- Registro: 2015396.-
no obstante que la acción pro forma García Villegas Sánchez Cordero, Instancia: PLENO EN MATERIA CIVIL
Leonel Castillo González, Walter DEL PRIMER CIRCUITO.- Tesis:
y la acción de prescripción positiva Arellano Hobelsberger, Ismael Jurisprudencia.- Fuente: Semanario
son de naturaleza distinta, las dos Hernández Flores, Manuel Er- Judicial de la Federación.- Publicación:
tienen como objeto que el actor ob- nesto Saloma Vera, Víctor Hugo viernes 27 de octubre de 2017.- Tesis:
tenga un documento inscribible, vá-
lido y oponible frente a terceros para Reclamo indemnizatorio a la CFE
demostrar la titularidad del derecho
de propiedad sobre inmuebles, por
lo que las citadas acciones no son OMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. DOCUMEN-
contradictorias entre sí; de ahí que CTOS NECESARIOS PARA CONSIDERAR QUE EXIS-
el comprador de un bien inmueble TE RENUNCIA A LA PRESCRIPCIÓN GANADA POR LA
tenga legitimación para ejercer la AFECTACIÓN DE UNA SERVIDUMBRE LEGAL DE PASO
acción de prescripción adquisitiva CON MOTIVO DE LA INSTALACIÓN DE LÍNEAS DE CON-
cuando opta por ejercer la acción DUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA. Para considerar
pro forma y obtiene sentencia defi- que la Comisión Federal de Electricidad renunció expresa o
nitiva favorable a sus intereses, pero tácitamente a la prescripción ganada, son indispensables el
existe imposibilidad jurídica y/o ma- o los documentos que evidencien plena y fehacientemente
terial para ejecutarla, o bien, un alto su deseo o consentimiento de renunciar al beneficio que la
grado de dificultad para escriturar ley le otorga para que no proceda acción legal en su contra
acorde con el prudente arbitrio del respecto al pago o cumplimiento de la obligación, por haber
juzgador y, por consecuencia, para transcurrido el lapso prescriptivo para el reclamo indemniza-
obtener un documento válido e ins- torio derivado de la constitución de una servidumbre legal de
cribible con la finalidad de demostrar paso, con motivo de la instalación de líneas de conducción
la titularidad del derecho de propie- de energía eléctrica; de ahí que sean insuficientes aquellos
dad adquirido sobre el bien inmue- que demuestran únicamente gestiones extrajudiciales para
ble objeto de la compraventa, que obtener el pago de la indemnización correspondiente, como
resulte oponible frente a terceros; son la medición de predios, la entrega de documentación e,
estimar lo contrario, implicaría una incluso, la existencia de un avalúo para determinar el monto
transgresión al derecho fundamen- correspondiente, y que éste se haya puesto a consideración