Page 35 - DIGNIDAD HUMANA, UNA PUERTA DE LIBERTAD
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RESOCIALIZACION DE LAS

                 PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD



                                          (DISERTACION)



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                        eniendo presente que la socialización, es un proceso inherente e intrínseco
                        al desarrollo de la persona en condiciones normales, vale la pena destacar,
                        que  la  resocialización  pasa  a  ser  entonces  para  el  individuo  privado  de
               libertad, un asunto de volver a socializar, luego de una etapa de aislamiento, derivada
               de una conducta que, por alguna razón, alterara la convivencia social, atentara contra
               el bien  común o  pusiera  en  riesgo  a  la  sociedad,  y  al entorno  que  rodea;  lo  cual
               conlleva  a  imponer  la  detención,  como  medida  preventiva,  acción  correctiva  y
               estrategia de cambio.
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                        n consecuencia, es importante reconocer que las penas privativas de libertad
                        tienen como finalidad esencial la justicia, la reforma, la readaptación social y
                        la  rehabilitación  personal  de  los  detenidos,  así  como  la  protección  y
               reparación de las víctimas y de la sociedad; objetivos que por sí mismos apuntan a la
               resocialización y reintegración familiar, vistos a su vez como derechos fundamentales
               que tienen todas las personas, incluyendo a las personas privadas de libertad, en la
               lógica de un trato humano, donde se respete y garantice su dignidad, su vida,  su
               integridad física, psicológica y moral.
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                       a  resocialización  del  privado  de  libertad,  pasa  a  ser  entonces  una  tarea
                       transversal, tanto en el proceso de detención, como posterior a ello, donde se
                       deben brindar las garantías adecuadas, por parte del Estado y la sociedad,
               bajo  la  perspectiva  de  entender  a  estas  personas,  como  sujetos  de  derechos  y
               deberes, con plena capacidad de ser agentes activos dentro de una sociedad, donde
               además de gozar de prerrogativas, ejerzan sus respectivos deberes sociales, en el
               marco  del  ámbito  civil  y  político,  y  el  ámbito  económico,  social  y  cultural,  según
               corresponda.
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                        lementos  sustanciales,  como  la  posibilidad  de  mantener  contacto  con  el
                        mundo exterior y hacer aprovechamiento del tiempo libre, por medio de la
                        participación en actividades educativas y culturales, así como la educación
               para el trabajo, como medio de sustento, se convierten en parte de un verdadero y
               asertivo  proceso  de  vinculación  al  medio  social,  posibilitando  la  introspección  del
               individuo  y  la  oportunidad  de  apropiar  acciones  que  en  favor  de  su  desarrollo,  le
               faculten a vivir en comunidad; estas premisas, debiesen conducir el planteamiento
               básico de las políticas carcelarias, procurando las garantías máximas de ajuste al
               medio y posterior cohesión social.
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