Page 15 - Reglamento INterno de Higiene y Seguridad TELEQUINOX
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REGLAMENTO INTERNO DE FECHA CODIGO
HIGIENE Y SEGURIDAD 1 6 /10/2017 O-90-AW-00-02
Formato Base: F-90-AQ-00-01
especializados, sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que se
realicen en la empresa.
Art. 97.- Cooperar y realizar campañas de prevención de riesgos y procurar que todos los
trabajadores reciban una formación adecuada en dicha materia.
Art. 98.- Analizar las condiciones de trabajo en la empresa y solicitar a sus directivos la
adopción de medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Art. 99.- Vigilar el cumplimiento del presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en
el Trabajo y de las normativas de prevención de riesgos dictadas por los organismos de control
e internas.
RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO FUNCIONES
Art. 100.- Son funciones de los Responsables de Seguridad y Salud del Trabajo, todos aquellos
descritos en la normativa nacional vigente y encomendadas al mismo por parte de la máxima
autoridad de la empresa y/o su delegado. Las funciones del Responsable se encuentran
detalladas en la descripción de funciones.
NORMAS DE GESTÓN DE RIESGOS LABORALES PROPIOS DE LA EMPRESA
Art. 101. - TELEQUINOX S.A., establecerá un proceso sistemático para identificar, medir,
evaluar, controlar y documentar los riesgos para las personas, para el ambiente y la
propiedad. La aplicación del proceso de evaluación de riesgos permitirá a la empresa, tomar
decisiones con relación al desarrollo e implantación de controles eficaces, para reducir los
riesgos identificados y evaluados.
Art. 102. - Se priorizará el control de los factores de riesgo laborales primero en la fuente
donde se originan, luego en el medio por donde se transporta, transmite o interactúa y
como último recurso en el receptor, es decir sobre el trabajador.
Art. 103.- Para la ejecución de la gestión de riesgos (Identificar, medir, evaluar y controlar)
se basará en la planificación de cada uno de los elementos de la gestión y se verificará su nivel
de desarrollo y mejoramiento continuo a través del seguimiento de las acciones correctivas
implementadas ya sean estos materiales, procedimentales o en el individuo.
VIGILANCIA DE LA SALUD OCUPACIONAL
Art. 104.- TELEQUINOX S.A., acatando lo establecido en la normativa vigente, realizará la
vigilancia de la salud por medio de un médico general con formación en Seguridad y Salud en
el Trabajo que se dedicarán principalmente a las labores de fomento de la salud de los
trabajadores y prestación de primeros auxilios. Además contará con un stock básico para
primeros auxilios y tratamientos específicos.
Art. 105.- TELEQUINOX S.A., garantizará la realización de los exámenes médicos de; pre-
empleo, periódicos, retiro y en casos especiales de reintegro de todo el personal de la
empresa, los cuales se practicarán en función de los factores de riesgo a los cuales se
encuentran expuestos los trabajadores y se generará los registros respectivos de atención
médica, certificados de aptitud y otros que amerite. Los tipos de examen a llevarse a acabo se
encuentran descritos dentro de los procedimientos de vigilancia de la salud de la empresa.
Art. 106.- Se controlará que los exámenes médicos serán realizados por personal
competente, sin costo para el trabajador y si es posible dentro de las horas de trabajo.
Art. 107.- Considerar que los trabajadores tienen derecho a conocer los resultados de los
exámenes médicos, de laboratorio o estudios especiales practicados con ocasión de la
relación laboral; así como derecho a la confidencialidad de los resultados, limitándose el
conocimiento de los mismos al personal médico, sin que puedan ser usados con fines
discriminatorios ni en su perjuicio. Sólo podrán facilitarse al empleador información relativa a
su estado de salud, cuando el trabajador preste su consentimiento expreso.
Los registros internos del servicio médico se mantendrán bajo estricta confidencialidad
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