Page 33 - Manual técnico Abbott-2018
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Chile:




                   El plan de Manejo de Riesgos se ajustará a lo dispuesto en la Norma
                   Técnica N°140/12 del MINSAL. El titular de registro deberá presentar
                   un plan de manejo de riesgo dentro de un plazo definido por el Institu-
                   to de Salud Pública.




                   México:





                   Plan de manejo de riesgo, a de acuerdo a la normativa de farmacovigi-
                   lancia.





                   Colombia:




                   Plan  de  manejo  de  riesgo  y  farmacovigilancia  activa.  El  titular  del
                   registro sanitario presentará al INVIMA informes periódicos de segu-
                   ridad y de seguimiento al uso de éstos medicamentos, incorporando
                   información de diferentes fuentes de notificación, según lo estableci-
                   do en la normatividad vigente y cumplir las Buenas Prácticas de Far-
                   macovigilancia  adoptadas por el Ministerio  de Salud y Protección
                   Social. Dicha periodicidad será establecida por el INVIMA.





                   Argentina:




                   La evaluación post-comercialización requiere de la implementación
                   de un sistema integral de captación de reportes, análisis epidemioló-
                   gico, evaluación y manejo de riesgos y procedimientos de reporte e
                   información detallados, que permitan al laboratorio elaborador o im-
                   portador de un producto biológico o biotecnológico un control del
                   perfil de eficacia y seguridad del mismo a lo largo de su ciclo de vida.
                   Implementación de un sistema  de farmacovigilancia  y un plan de
                   manejo de riesgo.





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