Page 3 - Oremor Benefits Spanish Flipbook
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Información Sobre la Inscripción
Quién Se Puede Inscribir
Si usted es un empleado regular de tiempo completo trabajando por lo menos 30 horas por semana, usted y sus dependientes
elegibles pueden participar en el programa de beneficios de OREMOR Automotive Group.
Compañero doméstico registrado del mismo sexo
Compañero doméstico registrado del opuesto sexo después de que uno de los compañeros cumple los 62 años
Hijos: hijo biológico, hijastro/a, hijo legalmente adoptado, o dependiente del empleado, cónyuge o compañero doméstico por
una orden de la corte
Menores de los 26 años, a pesar de que si son estudiantes o casados, son económicamente dependientes en sus padres,
viven con los padres o son elegibles para la cobertura bajo otro plan médico
Cualquier edad, si son incapacitados mentalmente o físicamente, dependen en usted para apoyo, y no son capaz del
empleo que los sostiene completamente—Médico y Dental
Prueba de Estado de Dependiente
Si usted está inscribiendo dependientes, será pedido por documentación para verificar su elegibilidad. No proveer los documentos
necesarios entre 30 días de hacerse elegible inicialmente podrá resultar en retrasar la inscripción o la terminación retroactiva de la
cobertura.
Cuándo Se Puede Inscribir
Como un empleado elegible, usted se puede inscribir en los siguientes momentos:
Como un empleado recién contratado, usted puede participar en el programa de los beneficios de la compañía el primer día
del mes siguiendo la compleción de 60 días del empleo de tiempo completo
Cada año, durante la inscripción abierta
Entre 30 días de un evento calificativo como definido por del IRS (vea Cambios a la Inscripción abajo)
Pagar Por la Cobertura
Usted y la compañía comparten el costo de los beneficios Médico, Dental y Visión que usted elige. Los beneficios de la Vida
Voluntario, AD&D Voluntario, Incapacidad de Corto Plazo Voluntario e Incapacidad de Largo Plazo que usted elige serán pagados
por usted a precios de grupo descontados. Las contribuciones a los seguros Médico, Dental, y Visión se restan antes de que se
restan impuestos, lo cual le ahorra dinero. Como resultado, el IRS requiere que sus elecciones permanezcan en vigor por el año
entero. No puede cancelar ni cambiar su cobertura a menos que tenga un evento calificativo.
Las Cambios a la Inscripción
Nuestros planes de los beneficios están en vigor del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. Hay un periodo de la inscripción
abierta cada año, durante el cual usted puede hacer elecciones para la siguiente fecha efectiva del 1 de enero. En cuanto usted
elige sus beneficios, no puede cambiarlos durante el año a menos que usted tenga un evento calificativo como definido por el IRS.
Ejemplos incluyen, pero no se limitan a los siguientes:
El matrimonio, el divorcio, la separación legal o la anulación
El nacimiento o la adopción de un hijo
Una orden de pensión alimenticia calificada
La muerte de un cónyuge o hijo
Un cambio en el estado de elegibilidad de su dependiente
La pérdida o la adición de la cobertura de otro plan de grupo médico
La cobertura para un dependiente nuevo no es automático. Si usted tiene un evento calificativo, tiene 30 días para actualizar su
cobertura. Por favor hable con el Departamento de Recursos Humanos inmediatamente siguiendo un evento calificativo para llenar
las formas de elección apropiadas como necesario. Si usted no actualiza su cobertura entre 30 días del evento calificativo, usted
debe esperar hasta el periodo de la inscripción abierta para actualizar su cobertura.
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