Page 13 - SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN VICENTE HOGAR-PEREIRA
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ÚLTIMA INSTANCIA:
Mecanismos para la solución de reclamaciones: Solicitud por parte del afectado en Si se llegase hasta el recurso de Revisión, entonces el Consejo Académico o
todas las instancias: Directivo, según la naturaleza del caso, con el ánimo de realizar el debido proceso a
nivel institucional, deberá tratar el caso y responderlo a través de una Resolución en
PRIMERA INSTANCIA: un término máximo de 10 días hábiles en el sentido de ratificarse o cambiar la
Dialogo entre las partes interesadas (estudiante-docente del área) decisión. Ante este acto administrativo no procede ningún recurso a nivel
institucional.
SEGUNDA INSTANCIA:
Deberá dirigirse de manera escrita al director(a) de grupo, por parte de 3.5 MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN LA
la estudiante o su acudiente, con copia al docente directamente CONSTRUCCIÓN Y SOCIALIZACIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE
involucrado. Ante esta situación el director de grupo cuenta con 5 días, EVALUACIÓN DE LAS ESTUDIANTES.
solicita la versión escrita del compañero, le presenta el documento
entregado por el acudiente y trata de mediar en la situación, dejando
constancia escrita de todo el proceso. Para la construcción del SIEE se contó con la participación activa de diferentes
instancias institucionales como el Consejo Académico, Consejo de Padres, padres de
TERCERA INSTANCIA: familia-docentes, el Consejo Estudiantil, la coordinación, docentes y el Consejo
En un término máximo de cinco días posteriores a la finalización del Directivo.
trámite en la instancia anterior, la estudiante y su acudiente se
presentan a la coordinación para diligenciar el formato Como mecanismos utilizados estuvieron: desarrollo de reuniones por áreas,
correspondiente. reuniones con padres de familia que son docentes y reunión final del Consejo
El coordinador después de agotar el procedimiento deberá tratar la Académico que recogió las apreciaciones, sugerencias y diferentes aportes dados en
petición y responderla a través de oficio escrito, en un término máximo las reuniones desarrolladas, sistematizadas en el documento final. Este documento
de ocho días. Para ello deberá contar con el visto bueno del rector. fue aprobado finalmente por el Consejo Directivo, lo que se evidencia en el Acuerdo
CUARTA INSTANCIA: 001 del 5 de marzo de 2010.
La Comisión de Evaluación y Promoción con el ánimo de realizar el
agotamiento del debido proceso a nivel institucional, deberá reunirse 3.6 SEGUIMIENTO, REVISIÓN Y AJUSTES AL SISTEMA INSTITUCIONAL DE
de manera extraordinaria y responder la petición a través de un EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES.
documento escrito, en un término máximo de 10 días, en el sentido de
ratificar o cambiar la decisión de la instancia anterior. Ante este acto
administrativo proceden: recurso de reposición y de apelación ante la a. Durante el año lectivo se establecerá un monitoreo o seguimiento permanente
instancia superior inmediata (en este caso es el Equipo Directivo). Los al Sistema Institucional de Evaluación que servirá de referencia y análisis para
términos de respuesta del recurso de reposición podrán ser máximo de establecer acciones correctivas y de mejora, por parte de un cuerpo colegiado
10 días. nombrado por el consejo académico.
b. Otros aspectos que no aparecen en estos acuerdos serán tomadas textualmente
Si se llegase hasta el recurso de Apelación entonces el Equipo Directivo, del Decreto 1290.
con el ánimo de dar solución a la situación, deberá tratar el recurso y c. Cada año el Consejo Académico realizará la evaluación del sistema y realizará los
responderlo a través de una Resolución en un término máximo de 10 ajustes pertinentes, según sugerencias y aportes del Cuerpo Colegiado, quien
días en el sentido de ratificarse o cambiar la decisión. revisará las sugerencias o propuestas del Consejo de Padres, los docentes
organizados por áreas y el consejo estudiantil.
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