Page 37 - Primer libro VIM
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que viven con sus padres, estamos realmente en presencia de
personas que por diversos motivos viven una soltería por vocación
o por situación, que no tiene por qué estar en conflicto con el hecho
de compartir la vida con los propios padres u otros familiares.
Echemos un vistazo a las cifras de la gráfica 7: De los 118 que viven
con sus padres, 62 se transportan solos : 19 en automóvil adaptado
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y 27 lo hacen en transporte público; el resto, 16 personas, utiliza
otros medios como son taxi o automóvil asistido (conducido por
una persona que le ayuda y que no es su familiar); o bien, utiliza
como medio para moverse fuera de casa, su propia silla de ruedas.
De ese mismo universo de 118 que viven con sus padres, 63 de ellos realizan actualmente una o mas actividades
productivas; de las cuales, con frecuencia, dependen sus propios padres o el resto de la familia. Esto último, puede
corroborarse en el hecho de que las edades de quienes realizan actividades productivas oscilan entre 19 y 29 años,
en 27 casos; y, entre los 30 y los 59 años, en 33 casos. Es decir, en aproximadamente la mitad de los casos, los padres
son ya adultos mayores o cercanos a esa etapa; con escasas
posibilidades para desempeñar un trabajo bien remunerado
(ver gráfica 9 Bis).
Es interesante observar el comportamiento de este universo
desde la perspectiva de género (desagregando la información por
sexo). De los 63 casos que cuentan con un trabajo remunerado,
38 son hombres y 25 son mujeres; la cifra muestra cierto grado
de equidad, sobre todo si se toma en cuenta que del universo de
las 200 PCD encuestadas, 64% son hombres y 36% son mujeres.
Incluso pudiera pensarse que atentos a esos porcentajes -que como hemos señalado son una constante en el
mundo de la discapacidad motora- la cifra de mujeres con discapacidad que vive con sus padres y que cuenta con
una actividad productiva, es proporcionalmente mayor a la de hombres.
De los 55 casos restantes que viven con sus padres y que no respondieron afirmativamente a la pregunta de
si realizan actualmente actividades productivas, es interesante observar que 9 de ellos tampoco lo negaron.
En otros diez casos, efectivamente respondieron en forma negativa, pero mencionando actividades que
de hecho pueden considerarse productivas: dos trabajan en el campo (de los 12 que viven en zona rural),
otro es conferencista, uno trabajador eventual y otra,
trabaja como secretaria; además de 5 compañeros que
son instructores voluntarios de Vida Independiente.
De los 36 casos restantes, 6 cuentan con pensión por invalidez del
IMSS o del ISSSTE y 9 cuentan con el apoyo que brinda el Gobierno
del DF a personas con discapacidad. En tan sólo 23 casos de los
55 que viven con sus padres, las PCD encuestadas respondieron
afirmativamente a la pregunta número 12; señalando a la familia
como la institución de la cuál reciben apoyo (gráfica 12). En otras
palabras, en 32 de los 55 casos que viven con sus padres -no
obstante vivir con ellos-, no es de ellos de quienes reciben el sustento para su vida.
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Convención DPD: Artículo 18.- Libertad de desplazamiento y nacionalidad 1). Los Estados Partes reconocerán el derecho de las personas con
discapacidad a la libertad de desplazamiento, a la libertad para elegir su residencia y a una nacionalidad, en igualdad de condiciones con las demás,
incluso asegurando que las personas con discapacidad: a) Tengan derecho a adquirir y cambiar una nacionalidad y a no ser privadas de la suya de
manera arbitraria o por motivos de discapacidad. Modelo VIM: La libertad de desplazamiento implica que como PCD asumamos el compromiso
de movernos; quien elige no desplazarse, anula este derecho.
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