Page 86 - Portfolio en libro digital Noelia Cruz Climent
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1.- ¿En qué consiste la microplanificación educativa?
Es el documento que comúnmente recibe el nombre de mapa escolar. Para su
elaboración se realiza un estudio in situ para toda la comunidad autónoma, para
conocer la demanda y las necesidades de escolarización. La finalidad es ajustar la
oferta de plazas o prácticas para las distintas zonas rurales, urbanas o suburbanas.
Para programar recursos para atender a toda la demanda.
2.-¿Es factible el derecho a elegir centro entendido en sentido amplio?
No, porque no hay igualdad de plazas para todos. Si hay 60 solicitudes y solo hay
50 plazas, 10 personas se quedan fuera.
En Finlandia no tienen esta desigualdad, porque incluso los padres son los que
eligen a qué colegio va su hijo/a. Además, tienen derecho a transporte escolar y
comedor.
3.-¿En qué consiste el Proceso de Admisión del Alumnado?
Es el proceso mediante el que se asignan, con garantías de igualdad, las plazas
escolares disponibles entre el alumnado solicitante.
Hay que tener en cuenta estas cuatro características de equidad en el centro:
1) Igualdad en el acceso.
2) Permanencia.
3) Aprendizaje.
4) Los efectos del aprendizaje, donde no debe haber discriminación.
4.-¿Por qué decimos que el proceso de admisión se refiere a dos derechos
fundamentales?
Porque el artículo 27 del derecho a la educación es fundamental y también al que va
ligado, al artículo 14 de la constitución: el derecho de la igualdad de oportunidades y
a la no discriminación.
5.-¿Están recogidas las bases del derecho de admisión en la LOE?
Sí, están recogidas dentro del título 2, el cual se refiere a la equidad de educación y
dentro del cual hay un capítulo, que es el nº3: Escolarización en centros públicos y
privados concertados. Este recoge los artículos del 84 al 88, por lo que sí que están
recogidas las bases del derecho de admisión.
Por otra parte, las bases se refieren a que esos artículos son básicos y están
regulados con ley orgánica, es decir, que se establecen por constitución española
del artículo 81 y tiene categoría de ley orgánica, que sirven para todo el estado y
para cambiarlos necesitan una mayoría absoluta del congreso de los diputados.