Page 26 - Reglamento UH Contemporanea 2024-2025
P. 26

XI.  Incitar u organizar a un grupo de personas para realizar actos que atenten contra los
                           intereses  de  la  universidad,  utilizando  cualquier  medio  de  comunicación  -
                           incluyendo redes sociales virtuales-, hecho que no da a lugar en orden al tratarse de
                           una institución privada.

                        XII. Tomar  sin  permiso  o  dañar  las  herramientas,  material  electrónico  o  didáctico,
                           bienes muebles, entre otros, que sean propiedad de la universidad.


                        XIII. Realizar comentarios que afecten a la universidad, sus directivos, administrativos
                           y  docentes,  dentro  o  fuera  de  la  institución,  incluso  mediante  el  uso de redes
                           sociales existentes o cualquier otro medio conocido o por conocer.

                        XIV. Usar, sin autorización expresa de la Universidad, imágenes, logotipos, fotografías,
                           folletería y demás documentos propiedad material e intelectual de la universidad.

                        XV. Otros en que se requiera la aplicación de una sanción y que hayan perjudicado a la
                           universidad, a sus directivos, docentes o administrativos.

                        XVI.  No  acatar  las  medidas  y  disposiciones  sanitarias  implementadas  por  las
                           autoridades de los tres órdenes de gobierno, educativas o universitarias, durante su
                           ingreso o dentro de las instalaciones.

                        XVII.  Los actos que se consideren graves y acciones no previstas en puntos anteriores,
                           se turnaran al Consejo Disciplinario del Consejo Superior de la universidad.

               ARTÍCULO 34.- La comisión de alguno de los actos descritos en el Artículo 33 y los no previstos,
               se sancionarán con:

                        I.     Amonestación por escrito.
                        II.    Requerir de la presencia del padre o tutor.
                        III.   Nota mala en su expediente, con copia al padre o tutor, si es el caso.
                        IV.    Suspensión de clases hasta por un día, semana o mes, sin extinguir la
                               obligación del pago de la mensualidad.
                        V.     Cancelación de la beca que disfrute el alumno.
                        VI.    Reposición, pago o restauración de los bienes sustraídos, dañados, destruidos
                               o deteriorados en perjuicio de la Universidad Hartmann.
                        VII.   Baja  temporal  del  plantel  hasta  por  un  semestre  con  anotación  en  su
                               expediente.
                        VIII.   Suspensión en sus derechos escolares hasta por un año y con anotación en su
                               expediente.
                        IX.    Baja definitiva de la Universidad Hartmann.
                        X.     Todas  las  medidas  disciplinarias  que  sean  necesarias  establecidas  en  el
                               reglamento. Hasta llegar incluso a instancias legales si el caso lo amerita.




                                                                                                           18
   21   22   23   24   25   26   27   28   29   30   31