Page 14 - Libro Herramientas para Manejar Empresas_Neat
P. 14
Herramientas para Manejar 13
Empresas
• CONTRATO INDEFINIDO PARA VIGILANTES.
• CONTRATO TEMPORAL.
• CONTRATO LABOR CONTRATADA.
• CONTRATO ADMINISTRACIÓN DELEGADA.
• CONTRATO A TODO COSTO.
• CONTRATO DE CORRETAJE.
DEFINICIONES DE LOS CONTRATOS
CONTRATO TÉRMINO INDEFINIDO.
Se considera que existe un contrato de trabajo a término indefinido, cuando en él
no se pactó un tiempo de duración, cuando no se pactó una fecha de terminación,
es decir, no se definió en el contrato cuándo se terminaría, por tanto, no es
posible determinar la fecha de terminación.
CONTRATO TÉRMINO FIJO.
El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración
no puede ser superior a tres (3) años, pero es renovable indefinidamente.
Si antes de la fecha de vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes
avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una
antelación no inferior a treinta (30) días, éste se entenderá renovado por un período
igual al inicialmente pactado.
No obstante, si el término fijo es inferior a un (1) año, únicamente podrá
prorrogarse sucesivamente el contrato hasta por tres (3) períodos iguales.
CONTRATO DE APRENDIZAJE.
Se define como contrato de aprendizaje a aquel por el cual una persona natural se
obliga a prestar servicio a otra persona natural o jurídica, a cambio de que se le
enseñe, directamente o por medio de otra persona, una profesión, arte u oficio, por
un tiempo determinado y le pague el salario convenido. Este salario puede consistir
en dinero o en especie (alimentación, alojamiento, vestido), o en ambas cosas a la
vez. Se ejerce a través del SENA.
Ricardo Mejia Bernal