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GERENCIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Fecha: 25/11/2020
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Gestor: la persona o entidad, pública o privada, que realice cualquiera de las operaciones
que componen la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos.
explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
Recogida: toda operación consistente en recoger, clasificar, agrupar o preparar residuos para
su transporte.
Almacenamiento: el depósito temporal de residuos, con carácter previo a su valorización o
eliminación, por tiempo inferior a dos años o a seis meses si se trata de residuos peligrosos,
a menos que reglamentariamente se establezcan plazos inferiores.
Transporte: el sucesivo traslado de los residuos hasta su lugar definitivo de valorización o
eliminación.
3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Normativa:
Ley 31/1995 de 8 de noviembre. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
R.D. 374/2001 de 06 de abril, Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los
riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
R.D. 782/1998 de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y
ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases.
R.D. 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley
20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, aprobado mediante RD
833/1988, de 20 de julio.
Documentación:
Normativas de Seguridad de la Universidad Autónoma de Madrid.
4. DESARROLLO
4.1. Implantación de un programa de gestión de residuos
Los residuos que se generan en los laboratorios de centros educativos no universitarios (productos de
prácticas, productos caducados, productos sobrantes, reactivos no caducados pero innecesarios,
patrones, los materiales de un solo uso contaminados o no, derrames, etc. deben ser gestionados
adecuadamente para que no supongan un riesgo para el personal docente y para los alumnos del centro.
También es importante tener en cuenta los productos que por su especial peligrosidad (muy tóxicos,
tóxicos, sensibilizantes y los denominados. CMA: cancerígenos, mutágenos y tóxicos para la
reproducción) no se deben utilizar en un centro docente, y que, en caso de existir, deben ser eliminados
en una primera fase.
Una de las características de determinados centros es la frecuencia de generación de los residuos, que
suele ser estacional, relacionada con la realización de prácticas vinculadas al programa escolar
establecido. Es importante indicar que la peligrosidad de estos residuos hace necesaria una planificación
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