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GERENCIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Fecha: 25/11/2020
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PG_VEE_01 PROCESO DE CONVOCATORIA EXCEPCIONAL
1 OBJETO Y ALCANCE
explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
Objeto: Desarrolla el procedimiento de resolución de convocatoria excepcional, al que podrán
concurrir aquellos estudiantes que hayan agotado tres matrículas en alguna asignatura por la
concurrencia de alguna de las situaciones siguientes que hayan afectado a su vida académica:
a. Circunstancias especiales en su trayectoria académica.
b. Enfermedad del estudiante o allegados que por su entidad, duración y circunstancias haya
afectado a su rendimiento académico.
c. Situación extraordinaria en la simultaneidad de estudios y trabajo.
d. Otras circunstancias personales, familiares o sociales de análoga importancia y de
valoración objetiva.
Alcance:
Estudiantes de la Universidad Autónoma de Madrid, matriculados en cualquier grado o
máster oficial.
2 DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Normativa:
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica
4/2007 de 12 de abril.
Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los
procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las
enseñanzas universitarias oficiales.
Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29
de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Documentación:
I.1.5. Acuerdo 5 Pleno 305 de 15-07-2019 por el que se aprueba la Normativa de matrícula y
permanencia de la Universidad Autónoma de Madrid.
3 DESARROLLO
3.1 Convocatoria y apertura de plazo para presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será el previsto en las bases de la convocatoria de
Permanencia del curso académico correspondiente (publicadas por el Consejo Social). El Rector o
persona en quien delegue publica una convocatoria excepcional, abriendo un plazo de
presentación de solicitudes según el calendario de la convocatoria de permanencia del curso
correspondiente.
El Vicerrectorado con competencia en la materia, tras solicitar a SIGM@ un listado de los
estudiantes que tienen asignaturas con tres matrículas agotadas y suspensas, comunica vía e-mail
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