Page 80 - DERECHO A LA EDUCACIÓN_Version electrónico
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casos, el Tribunal considera que, en relación con las atribuciones en materia de salud, los
                                   municipios no tienen facultades en materia de educación sexual, sino que actúan de
                                   manera delegada a través de la suscripción de convenios de colaboración con los estados
                                   a los cuales pertenecen.

                                   En suma, las decisiones de la Corte en materia de educación sexual han estado directa­
                                   mente vinculadas con el estudio de otro derecho social fundamental, el de la salud. Muchos
                                   de los criterios de la Suprema Corte sobre este tema son previos a la inclusión de la edu­
                                   cación sexual en el texto constitucional. Queda por ver cuáles serán los desarrollos del
                                   Máximo Tribunal en materia del derecho a la educación sexual, una vez que conozca
                                   asuntos que invoquen directamente estos derechos fundamentales tal y como fueron
                                   integrados en la Ley de Educación.

                                   Para finalizar, sólo resta decir que, aunque los fallos de la Suprema Corte que se ocupan
                                   del derecho fundamental a la educación no son muy abundantes, los que ha proferido
                                   han avanzado enormemente en la configuración y su justiciabilidad constitucional de esta
                                   provisión. Los derechos a la educación inclusiva, gratuita y sexual han sido mayoritaria­
                                   mente el objeto de los fallos de la Corte sobre esta garantía social. La lectura en conjunto
                                   de estas providencias permite reconstruir la narrativa constitucional sobre este derecho
                                   fundamental y las continuidades y rupturas en su configuración y tutela. En el Centro de
                                   Estudios Constitucionales esperamos que éste cuaderno sea estudiado y discutido por
                                   público amplio y diverso y que motive ejercicios análogos sobre la construcción jurispru­
                                   dencial de éste y otros derechos sociales. En últimas, el derecho social a la educación
                                   también incluye a la educación en el desarrollo judicial de los derechos y la posibilidad
                                   de que esas narrativas constitucionales sean apropiadas en un ejercicio que contribuya
                                   a la creación de ciudadanía.


































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