Page 8 - ANÁLISIS DE OTORGAMIENTO DE TÍTULOS DE PROPIEDAD POR LOS GADS Y SUBSECRETARIA DE TIERRAS.
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sin dimensiones-, fecha de celebración de la escritura  su productividad. Se exceptúan además de la afecta-            ción de las haciendas arroceras que hubieran venido   En este sentido, el Gobierno cedió a las presiones de
        y nombre del Notario. (Asamblea Nacional, 2015)       ción, las tierras cuyos propietarios hayan presentado            siendo explotadas por sistemas precarios (Jiménez,    la Cámara de Agricultura, y modificó el reglamento
                                                              planes de inversión no atendidos por el Banco Nacio-             2002).                                                de aplicación de la ley a apenas un año de haberlo
        La propiedad de la tierra en el Ecuador
        L a p r o p ie d ad de l a t ier ra en e l E c u ado r  nal de Fomento.                                                Terminadas las cosechas de las plantaciones así afec-  promulgado en los siguientes puntos:
              Misión Andina en el Ecuador, un hecho importante  c)
               M i sió n A n din a en e l E c u ado r ,              Aquellas sobre las cuales se ejerza gran presión          tadas, éstas pasarían a manos de los precaristas. Así   •    Se modificaron los niveles de eficiencia y pro-
        previo al decreto de la primera ley de Reforma Agra- demográfica, determinada esta por un informe de la                también, establece fuertes multas para los propietarios   ductividad exigidos.
        ria fue la labor que la Misión Andina de las Naciones  Junta Nacional de Planificación, y;                             que se opongan, determina que el Banco Nacional de
        Unidas en el Ecuador que se llevó a cabo desde el año  d)    Las tierras de unidades donde se violen las le-           Fomento deberá otorgar los créditos necesarios para el   •   Se cambiaron los causales de expropiación
        1956 hasta julio de 1970, esta entidad basó su trabajo  yes que regulan el trabajo agrícola y la tenencia de la        cultivo del arroz y estimula la organización de formas   ante el incumplimiento de leyes de trabajo agrícola.
        en el denominado Enfoque del Desarrollo de la Co- tierra.                                                              asociativas para los beneficiarios de las entregas de tie-  •   El Estado puso a disposición de los agriculto-
        munidad, dirigido  principalmente a los  campesinos  2.      Se fijó límite a la cantidad de tierra que se pue-        rras. (Barsky, 1984, P 185).                          res más de 3.000 millones de sucres a través del Banco
        indígenas de la sierra ecuatoriana. La Misión buscaba  de poseer: 2.500 has, más 1.000 has de sábanas y pas-                                                                 de Fomento, con el objetivo de potenciar la inversión
        promover el desarrollo económico, social y cultural  tos naturales en la Costa y 800 has en la Sierra. Según                 Segunda Reforma Agraria (1973).- Segunda Reforma Agraria (1973).- Fue decretada el   agrícola.
                                                                                                                               9 de octubre de 1973, después de que las Fuerzas Ar-
        de las comunidades campesinas de la sierra ecuatoria-  dispone la Ley, en la Sierra, se puede poseer 1.000 has         madas tras un golpe de Estado a Velasco Ibarra regre-
        na, para elevar sus niveles de vida, de forma que se  adicionales de páramos y terrenos eriales sin la posibi-                                                               •      Se generaron otros incentivos a la produc-
        integren en el proceso de desarrollo del país. (Barsky,  lidad de riego.                                               saran al poder en 1972. Este gobierno buscó “impulsar   ción: libre importación de semillas certificadas, fer-
                                                                                                                               un proyecto que altere las características del modelo
        1984, P. 27)                                          3.     En el Art. 34 de la Ley se establece que no               de desarrollo imperante, basado esencialmente en las   tilizantes, pesticidas, y maquinaria agrícola.
              Es así que el área de influencia para la Misión An-  estarán sujetas a las limitaciones y regulaciones; las      exportaciones agrícolas”. Dentro del debate de la Ley,        Ley de Desarrollo Agrario (1994).-Ley de Desarrollo Agrario (1994).- La Ley de La Ley de

        dina fueron 70 comunidades, pertenecientes a las pro-  empresas promovidas y organizadas por el Instituto              se señaló la importancia de llevar a cabo una Reforma  DesaDesarrollo Agrario (1994), se llevó a cabo en un con-
        vincias de: Imbabura, Tungurahua, Chimborazo, Ca-     Ecuatoriano de Reforma Agraria y Colonización (IE-               Agraria ‘integral’, entendiendo a la integralidad como  texto de privatización del Estado promovido por el
        ñar, Azuay y Loja. La Misión consiguió avances en lo   RAC); las empresas que presenten planes concretos de            la combinación de un proceso mediante el cual se ope- Gobierno de Sixto Durán Ballén (1992-1996). Los
        que a trabajo rural e integración campesina se refiere,   explotación que sea aprobado por la Junta de Planifi-        re una redistribución de la propiedad y del ingreso, y  cambios introducidos fueron aprobados en la Ley
        esta acción no logró afectar problemas como el siste-  cación; la propiedad rústica eficientemente explotada,          que además permita: eliminar el latifundio; integrar el  Reformatoria de la ley de Desarrollo Agropecuario
        ma de tenencia de la tierra. El trabajo llevado a cabo   proveedora de materia prima; y, la empresa agrope-            minifundio; destruir la rígida estratificación social e  expedida el 15 de Agosto de 1994 (Chiriboga y Ro-
        por la Misión tuvo como uno de sus mayores logros,    cuaria de notoria eficiencia productiva (Flores, 2015,           incorporar a los campesinos marginados al proceso de  dríguez, 1998). En esta línea de promover la dinami-
        la contribución en ciertas zonas de la sierra, al rom-  P 27).                                                         desarrollo (Barsky, 1984, P. 203).                    zación del mercado de tierras, La Ley de Desarrollo
        per el aislamiento de los grupos indígenas, mejoró los   4.   Se declararon abolidos el huasipungo y la yana-                                                                Agrario (1994) estableció la eliminación del Institu-
        niveles de organización en ciertos grupos y fue fuente   pa. La Ley establecía que en caso de que el huasipun-               Esta Ley fue más estricta en lo que a causales de   to Ecuatoriano de Reforma Agraria (IERAC) junto
        de promoción y acompañamiento para la generación      guero tenga 10 o más años de trabajo en la hacienda              afectación se refería que la Ley de Reforma Agraria   con ello se suprime la autorización que concedía el
        de nuevos líderes, quienes posteriormente jugarían    debía recibir una parcela en propiedad, no necesaria-            (1964), ante todo por razones de productividad más    IERAC para la venta de las tierras que habían sido
        un papel importante en las movilizaciones campesi-    mente dentro de la que trabajaban, ya que la ley ad-             que de acaparamiento, las causales fueron:            objeto de adjudicación (Andrade,2009).
        nas que se dieron para la promulgación de las leyes de   mite la relocalización. Para casos donde el huasipun-         a)     Predios deficientemente cultivados
        Reforma Agraria de 1964 y 1973. (Barsky, 1984, P. 29)  guero trabajó entre 5 y 10 años, el hacendado puede                                                                          Paralelamente, la ley considera la creación del
                                                              otorgar la propiedad al ex huasipunguero, y además               b)     Predios explotados deficientemente, que no
              Ley de Reforma Agraria y Colonización (1964).- Ley de Reforma Agraria y Colonización (1964).-  pagar la diferencia del valor en un plazo no mayor a 5   preserven los recursos naturales  Instituto de Desarrollo Agrario (INDA), el mismo
                                                                                                                                                                                     que tuvo como finalidad principal; declarar la ex-
        Precediendo a la primera Ley de Reforma Agraria, en  años. Además, propietarios que posean menos de 100                c)     Predios que no se encuentren bajo la responsa-
        Ecuador ya se había iniciado con éxito la realización  hectáreas, podrán compensar al huasipunguero en di-                                                                   propiación de tierras. Las causales de expropiación
        de pequeñas Reformas Agrarias espontáneas en al-      nero (Flores, 2015, P 27).                                       bilidad y administración directa del propietario de la   se limitaron significativamente; a pesar de que se
                                                                                                                                                                                     reintrodujo la causal por presión demográfica, la ex-
        gunas haciendas pioneras; pero había la necesidad de  5.     Se reconoce el derecho permanente al acceso               explotación                                           propiación por este motivo sólo puede hacerse con
        que estas iniciativas se generalicen, lo que vulneraba la  del recurso agua por parte de los trabajadores de las       d)     Predios que no cumplieran las leyes que regu-  informes previos favorables tanto del Ministerio de
        cotidiana situación de los latifundistas tradicionales,  haciendas, además de servidumbre de tránsito y leña           lan el trabajo agrícola
        incapaces de asumir los gastos de una mano de obra  para sus necesidades personales; y podrán hacer uso                                                                      Agricultura, como del Consejo Nacional de Desarro-
        asalariada. (Barsky, 1984, P. 41)                     de los pastos por los siguientes 5 años mientras sigan           e)     Predios que pudiesen beneficiarse de proyec-   llo (CONADE); en este sentido se determinó que las
                                                                                                                                                                                     expropiaciones deben ser pagadas en dinero en efec-
        Con la Ley emitida los puntos más relevantes que se  trabajando para la hacienda.                                      tos de riego estatal
        identifican son:                                      6.     Se admiten arrendamientos hasta 8 años pos-               f)     Predios sujetos a gran presión demográfica     tivo de acuerdo con el avalúo comercial de la Direc-
        1.     Se declararon tierras expropiables a:          teriores a la ley.                                                                                                     ción Nacional de Avalúos y Catastros (DINAC) y se
        a)     A las tierras ociosas, es decir las no explotadas  7.   Se permite el régimen de aparcería (Flores,             L e y de F o m en t o y D es a r r o l lo A g r o p e c u a r io de 1979.-  transfiere la resolución de las controversias a los jue-
                                                                                                                               Ley de Fomento y Desarrollo Agropecuario de 1979.-
        por más de 3 años o las explotadas por quienes no tu-  2015, P 27)                                                        Posterior a la puesta en vigencia de la Ley de Reforma   ces civiles respectivos, la Ley de Desarrollo Agrario
                                                                                                                                                                                     pretende dinamizar el mercado de tierras abriendo
        viesen vínculo contractual con el propietario sin que  El Decreto 1001.- Fue decretado el 15 de diciembre              Agraria (1973) existieron criticas fuertes que llevaron
        éste haya hecho la denuncia (Flores, 2015, P 27).     de 1970, durante el gobierno de Velasco Ibarra, con              al Gobierno a reformular las políticas que se estable-  la posibilidad de que las tierras comunales sean frac-
        b)     A las tierras deficientemente explotadas, aque-  el objetivo de abolir el precarismo en el modo de pro-         cían en la misma, presionado por sectores influyentes   cionadas, aunque subsisten algunas limitaciones para
        llas cuyo rendimiento sea visiblemente inferior al pro-  ducción de arroz, y garantizar de esta forma el abaste-       en el contexto nacional, como lo eran las Cámaras de   ello provenientes de la Ley de Comunas (Chiriboga y
        medio de la zona agrícola respectiva y concediéndose  cimiento de esta gramínea a la población ecuatoriana.            Agricultura (Flores, 2015, P. 30).                    Rodríguez, 1998) (Andrade 2009)
        en este caso 3 años de plazo al propietario para elevar  El Decreto dispuso al IERAC la expropiación y ocupa-
                                                            8                                                                                                                      9
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