Page 11 - REGLAMENTO POLICÍA LOCAL DE JACA
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a) Proponer al Alcalde y/o Concejal-Delegado las medidas
organizativas y aquellos proyectos de planificación y
coordinación en orden a la mayor eficacia del servicio.
Atendiendo los objetivos y prioridades que se establezcan
para los diferentes periodos de tiempo.
b) Liderar y ejercer la responsabilidad de los servicios propios
del Cuerpo estableciendo las instrucciones necesarias para
el mejor funcionamiento del servicio.
c) Representar al Cuerpo de la Policía Local de Jaca ante las
Autoridades y Organismos, sin perjuicio de la representación
que pueda corresponder al Alcalde o Concejal-Delegado.
d) Establecer y cuidar las relaciones con Fiscalía, Judicatura y
aquellos Tribunales que conciernen en las funciones de
Policía Judicial atribuidas al Cuerpo. Así como atender las
relaciones con los demás Cuerpos y Fuerzas de Seguridad,
con los que debe colaborar estrechamente en beneficio de
la ciudadanía de Jaca.
e) Asistir a las reuniones de la Junta Local de Seguridad.
f) Elaborar la memoria anual de actividades y servicios. Así
como las propuestas presupuestarias de las necesidades
para la ejecución del servicio y cumplimiento de aquellos
objetivos establecidos.
g) Organizar y dar seguimiento a los planes de formación y
reciclaje de la plantilla del Cuerpo.
h) Coordinar las diferentes áreas de trabajo que gestionan los
Oficiales, dando seguimiento a los programas que cada área
tenga establecidos.
i) Proponer a la Alcaldía y Concejal-Delegado los premios y
recompensas a las que el personal sea acreedor para
satisfacción de los interesados y estímulo de la plantilla. Así
como establecer sanciones o iniciación de expedientes
disciplinarios.
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