Page 16 - REGLAMENTO POLICÍA LOCAL DE JACA
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1. La Policía Local tendrá un archivo actualizado en el que figurará
el expediente personal de cada uno de los integrantes del Cuerpo.
2. El expediente personal, que constituirá un documento único,
contará con los siguientes datos y documentos:
a. Personales:
● Nombre y apellidos.
● Número del documento nacional de identidad.
● Fecha y lugar de nacimiento.
● Domicilio actualizado y teléfono.
● Fotografía (actualizada cada diez años).
b. Profesionales:
● Número policial.
● Fecha de ingreso y de ascensos.
● Anotaciones anuales sobre ejercicios de tiro. Premios y
recompensas.
● Sanciones disciplinarias.
● Permisos de conducción de vehículos y fecha de
caducidad.
● Destinos.
● Bajas por accidente o enfermedad.
● Vacaciones, excedencias y permisos especiales.
● Arma reglamentaria y otras que poseyere, así como el
número de estas.
● Situaciones especiales para el servicio.
● Titulaciones académicas acreditadas.
● Tallas de prendas de vestuario.
3. Todo policía local tendrá libre acceso a su expediente personal,
previa petición del interesado por conducto reglamentario.
4. Se garantizará la confidencialidad de todos los datos y
documentos que obren en el expediente personal, así como el
cumplimiento de la normativa reguladora de la protección de
datos.
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