Page 27 - REGLAMENTO POLICÍA LOCAL DE JACA
P. 27

Artículo 36. Permiso.

                  Las horas extraordinarias y la formación que los miembros de la Policía
                  Local decidan compensar en tiempo de descanso serán solicitadas por

                  escrito  con  una  antelación  mínima  de  tres  días,  excepto  en  caso  de
                  urgencia  o  imprevisto  justificado  y,  se  concederán  siempre  que  las

                  necesidades  del  servicio  lo  permitan,  pudiendo  ser  anulado  por  las
                  mismas causas.



                  Artículo 37. Recompensas.
                      1. Los  miembros  de  la  Policía  Local  podrán  ser  recompensados

                         mediante premios, distintivos, felicitaciones y condecoraciones por
                         los actos de especial trascendencia realizados en la prestación del

                         servicio  o  en  reconocimiento  de  su  trayectoria  profesional,  de
                         acuerdo con el procedimiento y con los requisitos que se establecen

                         en este Reglamento, según los criterios de coordinación.

                      2. Estas recompensas se harán constar en el expediente personal del
                         funcionario  y  serán  valoradas  como  mérito  en  los  concursos  de

                         provisión de puestos de trabajo.


                  Artículo 38. Definición y clases de recompensas.

                  Los miembros de la Policía Local podrán ser distinguidos mediante:
                             a)  Medalla al Mérito de la Policía Local de Jaca.

                             b)  Medalla al Mérito Profesional.
                             c)  Felicitación Publica.

                  Todas  las  recompensas,  a  excepción  de  la  Felicitación  Pública,  serán

                  propuestas por parte del Jefe del Cuerpo de la Policía Local al Alcalde o
                  Concejal Delegado.

                        1. Medalla al Mérito de la Policía Local:
                           La Medalla al Mérito de la Policía Local de Jaca se concederá por

                           el Pleno del Ayuntamiento a los miembros de la Policía Local, y
                           excepcionalmente  a  personas  ajenas  a  dicho  Cuerpo  que  se

                           hayan distinguido por su meritoria colaboración con el Cuerpo.







                                                           27
   22   23   24   25   26   27   28   29   30   31   32