Page 112 - DERECHO INDÍGENA Y DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA (1988)
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En el contexto de la eliminación del colonialismo ha sido más fácil resolver las
dificultades planteadas para determinar los pueblos que habían de beneficiarse del
derecho de libre determinación. Han hallado su solución al aprobarse el principio
de concesión de la independencia "a los países y pueblos coloniales", contenido
en la Declaración sobre el tema (resolución 1514 [xv] de la Asamblea General...).
... La cuestión de una definición del término "pueblo" es de la mayor importancia,
ya que puede influir sobre las medidas que se han de tomar en relación con ciertos
aspectos de la cuestión, en particular el aspecto político del ejercicio del derecho
de libre determinación, es decir, el derecho de los pueblos a elegir su estatuto
político internacional.
... a) El termino “pueblo” designa una entidad social que posee una identidad
evidente y tiene características propias.
b) Implica una relación con un territorio incluso si el pueblo de que se trata ha sido
injustamente expulsado de él y reemplazado artificialmente por otra población.
c) El pueblo no se confunde con las minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, cuya
existencia y derechos se reconocen en el artículo 27 del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos.
En el caso de minorías, hay un principio que presenta especial importancia. Se
trata del principio elaborado en la Declaración sobre los principios de derecho
internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los
Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas (resolución 2625
[xxv] de la Asamblea General), proclamado por vez primera en la Declaración
sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales y
recogido también en muchas otras resoluciones de la Asamblea General de las
Naciones Unidas. Ese principio es el siguiente:
Ninguna de las disposiciones de los párrafos precedentes (de la formulación del
principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos) se
entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta acción alguna encaminada a
quebrantar o menospreciar, total o parcialmente, la integridad territorial de Estados
soberanos e independientes que se conduzcan de conformidad con el principio de
la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos antes descritos
y estén, por tanto, dotados de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo
perteneciente al territorio, sin distinción por motivos de raza, credo o color.
Así, pues, según este texto, no debe entenderse que el principio de libre
determinación puede autorizar el quebrantamiento o la mutilación de Estados
soberanos que ejercen su soberanía en virtud del derecho de los pueblos a la libre
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determinación .
Cuando las Naciones Unidas decidieron la elaboración de un pacto sobre
derechos humanos, que en definitiva resultaron ser dos pactos: el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, además de su protocolo, se vinieron
los siguientes argumentos para incluir el derecho de los pueblos a la libre
determinación:
5
Cristescu (1981), pp. 47-49.
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