Page 111 - DERECHO INDÍGENA Y DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA (1988)
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grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones
Unidas en pro del mantenimiento de la paz.
El artículo 15 aborda el derecho a la cultura, pero lo hace exclusivamente
en términos individuales.
Con respecto al artículo primero se plantea una discusión bastante
compleja porque no existe en la Carta de Naciones Unidas, ni en otros
instrumentos la definición del término "pueblo" para determinar exactamente
quiénes son los beneficiarios del "derecho a la libre determinación".
En 1974, la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y de
Protección a las Miñonas, decidió en su resolución 2 (XXVII) nombrar un Relator
Especial para que realizara un estudio sobre “El derecho a la autodeterminación,
desarrollo histórico y actual sobre la base de los instrumentos de las Naciones
Unidas.” Dada la importancia del concepto de “pueblo” y del de
“autodeterminación”, para la problemática indígena, citamos a continuación partes
de este estudio.
... los instrumentos correspondientes aprobados por las Naciones Unidas sobre el
tema declaran insistentemente que todos los pueblos deben disfrutar del derecho a
la libre determinación. Mientras la Carta habla de "la igualdad de derechos y (...)
de la libre determinación de los pueblos", en la resolución 545 (VI) de la Asamblea
General de 5 de febrero de 1952, se utiliza la expresión "'Todos los pueblos
tendrán el derecho de libre determinación"...
El artículo 55 de la Carta establece también claramente que los "pueblos" a que se
refiere el principio son en realidad todos los pueblos. Sin embargo, la aplicación
del principio a todos los pueblos no puede interpretarse como estímulo a los
movimientos de secesión o irredentistas, o como justificación de las actividades
encaminadas a modificar el sistema de gobierno de un país. La interpretación del
principio en su sentido más amplio lleva al reconocimiento del derecho inatacable
de todos los pueblos a determinar libremente y en pie de igualdad su propio
régimen político, económico y social y su estatuto internacional, lo que constituye,
de hecho, una condición previa esencial para el progreso de la comunidad
internacional.
... Es difícil definir con precisión el término "pueblo" ya que la identificación de un
pueblo al que se aplicara el principio puede presentar problemas extremadamente
complejos. Las diversas posibilidades de interpretación y las incertidumbres
resultantes, pueden, en muchos casos, convertir el derecho de los pueblos a la
libre determinación en un instrumento dirigido contra la integridad territorial y la
unidad política de los Estados. En efecto, los pueblos podrían ser utilizados en
contra de sus verdaderos intereses para secundar proyectos de agresión o
subversión en beneficio de intereses extranjeros. Este derecho, mal entendido,
podría también estimular los movimientos de secesión en el territorio de Estados
independientes, donde cualquier grupo podría creer que tiene un derecho
inmediato y sin límites a crear su propio Estado. Ningún Estado -antiguo o
reciente- puede estimarse libre de este peligro. Los Estados más homogéneos
desde el punto de vista étnico pueden ser objeto de codicia o de intentos de
desmembramiento...
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