Page 109 - MANUAL DE CODIFICACIÓN
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El dolor de cabeza sin ningún tipo de especificidad se clasifica en R51 Cefalea.

                  Se  considera  migraña  intratable  cuando  en  la  historia  clínica  se  asocia  a  términos  como:
                  “fármacorresistente”, “resistente al tratamiento”, “refractaria” y “mal controlada”.
                  Cuando aparece reflejado “estatus migrañoso”, se refiere a un ataque de migraña severo que
                  dura más de 72 horas; sin embargo, esta designación debe ser refrendada por el facultativo. Si
                  no disponemos de más información, se codificará como estatus migrañoso NEOM: G43.901.

                  6.5.3.   OTROS SÍNDROMES DE CEFALEA

                  El  dolor  de  cabeza  especificado  se  clasifica  en  la  categoría  G44  Otros  síndromes  de  cefalea
                  (cefalea  en  racimos,  cefalea  vascular,  cefalea  tensional,  cefalea  postraumática,  cefalea  por
                  abuso de medicamentos, y otros síndromes de cefalea especificada).

                  La cefalea postraumática tanto aguda como crónica está a menudo asociada con el síndrome
                  posconmocional  (código:  F07.81).  En  esta  circunstancia  se  utiliza  un  código  adicional  de  la
                  subcategoría G44.3- Cefalea postraumática.

                  6.5.4.   ACCIDENTES ISQUÉMICOS Y SÍNDROMES CEREBRALES

                  Estas entidades nosológicas de origen vascular se clasifican en el capítulo del sistema nervioso,
                  categorías  G45  y  G46.  La  categoría  G45  Accidentes  isquémicos  cerebrales  transitorios  y
                  síndromes  relacionados,  clasifica  aquellos  episodios  breves  de  disfunción  neurológica  por
                  isquemia  focal  cerebral,  de  inicio  brusco  y  con  una  duración  inferior  a  24  horas.  Suelen  ser
                  temporales, no convulsivos, que revierten solos, y con una clínica variable.

                  La  isquemia  cerebral  transitoria  (TIA,  AIT)  se  codifica  en  la  subcategoría  G45.9  Accidente
                  isquémico cerebral transitorio, no especificado.

                  La categoría G46 clasifica los síndromes vasculares cerebrales en enfermedad cerebrovascular
                  (I60-I69).  Se  caracteriza  por  la  presencia  de  manifestaciones  neuropsicológicas  (déficit  de
                  memoria,  alteración  del  razonamiento,  disartria,  etc.)  y  síndromes  lacunares  (hemiparesia
                  motora  y  sensitiva,  lesiones  ipsilaterales,  movimientos  anormales).  Estos  síndromes  de  la
                  categoría  G46,  se  secuencian  siempre  como  código  secundario,  codificando  primero  la
                  enfermedad subyacente.


                     Paciente que ingresa por un síndrome lacunar motor puro secundario a un pequeño infarto en el territorio de
                   una arteria perforante cerebral


                         I63.59   Infarto cerebral debido a oclusión o estenosis no especificada de otra arteria cerebral
                         G46.5    Síndrome lacunar motor puro



                  6.5.5.  TRASTORNOS DEL SUEÑO

                  La categoría G47 Trastornos del sueño incluye los trastornos orgánicos del sueño además de las
                  perturbaciones  inespecíficas  del  sueño.  En  toda  la  categoría  se  codificará  cualquier  afección
                  subyacente asociada.








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