Page 6 - Consultoría Electoral Vivi
P. 6
3. Comunicación de Resultados
Los claveros, comunicarán desde el mismo día de las elecciones, los
resultados electorales, tanto a la RNEC como a los Delegados del
Registrador Nacional (art. 155)
4. Comisiones Auxiliares, Municipales y Distritales
uxiliar, municipal y distrital comienza el
La comisión escrutadora a
escrutinio a las 4 pm del día de las votaciones y hasta las 12 la
noche, a medida que reciben las actas de los claveros.
el horario es de 9 am a 9 pm hasta
A partir del día siguiente
terminar.
Los miembros de la comisión deben al empezar el escrutinio,
verificar la hora y el estado de los pliegos al ser recibidos, y deja
constancia en el acta de introducción que suscriben los claveros.
Si faltan pliegos de sectores rurales, la comisión no puede concluir
el escrutinio antes de vencerse el mayor de los términos de
distancia fijados por el Registrador Nacional para el respectivo
municipio. (Art. 42 Ley 1475)
Al iniciarse el escrutinio, el Registrador (art. 163):
1. Lee el registro de los documentos introducidos en el arca.
2. Abre uno a uno los sobres y deja constancia en el acta si:
a. Los sobres presentan anomalías.
b. En los E-14:
i. Tachaduras, enmendaduras o borrones (recuento)
ii. Errores en las sumas de los votos por cada lista o
candidato (recuento)
iii. Si están firmados por menos por 2 jurados
iv. Si fueron recibidos extemporáneamente
3. Si no se presentan las situaciones del numeral 2, los votos se
registrarán tal como aparezcan en el E-14 y se exhibirán a los
interesados que lo soliciten.
Leen en voz alta el E-14, muestran a los interesados que lo
soliciten y anotan los votos a favor de cada lista o candidato que
se consolidan en el cuadro de resultados E-24 y en el acta parcial
E-26. Terminada la lectura hace la sumatoria de votos de la zona
(art. 172).