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La legalización de lo injusto, desde La Teoría de la Justicia de John Rawls
fragmentado o que ostenta necesidades de los ciudadanos no Constitución de la República de
solamente una imagen ilusoria, al lleguen a ser consideradas, sino 1982; pero en este tipo de decretos,
ser teoría más no praxis concreta, lo únicamente, la de pocos individuos leyes sustantivas y adjetivas, son los
que produce es desequilibrio ahí representados. diputados en representación del
social; en palabras de Rawls: “Una p u e b l o q u i e n e s to m a n l a s
teoría, por muy atractiva, elocuente Personalmente, creo que en decisiones, y cuán alejadas de la
y concisa que sea, tiene que ser Latinoamérica se tiene el mismo realidad se encuentran muchas
rechazada o revisada si no es p r o b l e m a , p r o d u c t o d e l a veces, pues fueron creadas para
verdadera; de igual modo, no occidentalización de la misma, otras sociedades.
i m p o r t a q u e l a s l e y e s e generalmente se importan incluso Para especificar, uno de los
instituciones estén ordenadas y l a s l e y e s , p a ra e l ca s o u n problemas que representa la
sean eficientes: si son injustas han antecedente: el Código Civil legalización de lo injusto, se da
de ser reformadas o abolidas”. hondureño, proviene del Código cuando en normas de carácter
Chileno o Código de Andrés Bello, y procedimental, se otorga un plazo
No basta, decir: es legal, por ende este a su vez, tiene raíces en el a una de las partes para que dé
hay que aceptarlo; es menester Código Napoleónico; por otro lado cumplimiento a factores de forma,
preguntarse si es justa la norma, el Código de Comercio hondureño, más no de fondo, y que no logra
caso contrario, debería buscarse la tiene sus raíces en el Código de cumplimentarse por la parte a la
reforma o derogación de la misma. Comercio mexicano; y el Código que se le otorgó dicho plazo,
No es posible que un pueblo que se Procesal Civil vigente, nace de la quedando la misma sin posibilidad
sienta afectado por una norma Ley sobre Enjuiciamiento Civil de probar en juicio y, quizás,
jurídica, no tenga el poder de española. ¿Cuál es entonces la asistiéndole el derecho más no la
enmendarla (si este pueblo originalidad de estas normas para posibilidad de haberlo probado
representa la mayoría y, sobre todo, con los ciudadanos? durante todo el proceso: de igual
si la modificación es justa a partir manera ocurre cuando en materia
de los resultados que ha producido La ventaja en los contratos sociales, procesal penal, se obtienen
en la implementación); aquí es que son suscritos en asambleas pruebas constitutivas de un delito;
entraremos a otro problema, lo constituyentes, para el caso: la sin embargo, el mecanismo de
plantea Rosseau en “El Contrato
Social”, al sostener que hay
cuestiones que los ciudadanos
pueden delegar en otros, pero
dentro de ese conjunto de
delegaciones no debería existir la
potestad de crear leyes, pues al
otorgar a otros esa potestad, se
incurre en el peligro de que las