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6. El equipaje
6.8.3 Protección del equipaje de bodega.
(1) Se impedirá a los pasajeros el acceso al equipaje de bodega
controlado, salvo cuando se trate de sus respectivos equipajes y
se les controle a fin de garantizar:
(i) Que nº introducen en el equipaje de bodega ninguno de los
artículos prohibidos enumerados en el apéndice 5-B, o
(ii) Que nº extraen del equipaje de bodega ninguno de los
artículos prohibidos enumerados en el apéndice 4-C ni se
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
introduce en las zonas restringidas de seguridad o a bordo
de la aeronave.
(2) Se controlará nuevamente el equipaje de bodega que nº se haya
protegido de interferencias no autorizadas.
(3) Asimismo, la protección del equipaje de bodega deberá regirse
por las disposiciones adicionales establecidas en una decisión
específica de la Comisión.
6.8.4 Vinculación de pasajero y equipaje de bodega.
La vinculación de pasajeros con el equipaje deberá aplicarse indepen-
dientemente de otras medidas de seguridad dirigidas a asegurar que
el equipaje de bodega no contenga ningún explosivo u otros artefac-
tos que hagan peligrar la seguridad del vuelo o de la aeronave.
Las compañías aéreas se asegurarán de que el equipaje de bodega
de un pasajero no se transporte a bordo de una aeronave a menos
que el pasajero esté a bordo, o que el equipaje haya sido sometido a
otras medidas adicionales de control de seguridad después de confir-
mar que el pasajero no está a bordo.
(1) Acceso del pasajero a su equipaje en bodega.
A los pasajeros se les puede permitir el acceso a su equipaje de bo-
dega controlado,en casos suficientemente justificados, a condición
de que se les vigile para garantizar que:
(i) No se introduce en el equipaje de bodega ninguno de los
artículos prohibidos incluidos en 6.8.5.
(ii) No se saca del equipaje y se introduce en la cabina de la
aeronave o en la zona restringida de seguridad, ninguno de
los artículos prohibidos de 6.9.2.
(2) Identificación del equipaje de bodega.
(i) Durante la fase de embarque, toda compañía aérea deberá
asegurarse de que el pasajero presente una tarjeta de
embarque válida o equivalente en relación con el equipaje de
bodega previamente facturado.
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