Page 374 - Manual_de_Consulta_Neat
P. 374
10. Trabajo y descanso p ara transpor te aéreo comercial con a viones
CAPÍTULO 10
NORMAS DE TRABAJO Y DESCANSO PARA TRANSPORTE
AÉREO COMERCIAL CON AVIONES
10.1 Introducción
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
La nueva Parte ORO.FTL (Flight Time Limitations) sustituirá a la Subpar-
te Q a partir del 18 de febrero de 2016 para los transportes aéreos comer-
ciales con aviones. Hay parte de esas normas anteriores que se seguirán
aplicando junto a la nueva legislación, en las partes que no contravengan
la nueva normativa ni sus limitaciones.
Las operaciones de transporte aéreo comercial con helicópteros o de avio-
nes con un solo piloto, las operaciones de taxi aéreo y los servicios mé-
dicos de urgencia, seguirán aplicando la Subparte Q y las demás normas
aplicables hasta ahora.
Las normas aplicables en trabajo y descanso para las operaciones de
transporte aéreo comercial con aviones son:
(1) Las normas laborales recogidas en el Real Decreto 1561/1995
modificado por R.D. 294/2004, sobre trabajos especiales, en cuyo
artículo 14 se regula lo referente a las tripulaciones y personal de
tierra de las compañías aéreas;
(2) Reglamento (UE) 965/2012 de la Comisión (Subparte ORO.FTL)
y las AMC y GM de dicha Subparte;
(3) Certification Specifications and Guidance Material CS-FTL.1
(enero 2014)
(4) La Directiva 2000/79/CE. Acuerdo europeo sobre ordenación del
tiempo de trabajo del personal de vuelo.
(5) Reglamento 216/2008;
(6) Ley de Seguridad Aérea, artículos 33, 34 y 36;
(7) Los esquemas de especificacón aprobados a cada compañía
(8) Los Convenios Colectivos de cada compañía, que pueden regular
el trabajo y descanso con otros parámetros diferentes, siempre
que cumplan con las limitaciones establecidas en las normas.
(9) El Real Decreto 1952/2009 en lo aplicable;
Pág. 10.1