Page 67 - MANUAL DE CONVIVENCIA
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educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el
cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
6. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
7. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
8. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.
9. Darse su propio reglamento.
ARTICULO 56 EL RECTOR
Función Básica: Lograr que el colegio a su cargo ofrezca los servicios educativos
adecuados, para que los estudiantes de los colegios Navales alcancen los objetivos
institucionales propuestos.
Funciones generales
1. Representar legalmente al colegio.
2. Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las
decisiones del gobierno escolar.
3. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el Oportuno
aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
4. Establecer criterios para dirigir el colegio de acuerdo con las normas vigentes.
5. Planear y organizar las actividades culturales de la Institución.
6. Dirigir y participar en la ejecución del programa anual de evaluación
institucional.
7. Dirigir y organizar la planeación y programación académica de acuerdo con los
objetivos y criterios curriculares.
8. Dirigir y supervisar la ejecución de actividades académicas y disciplinarias.
9. Asesorar a los docentes en el planeamiento y desarrollo de actividades
curriculares
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN –COLEGIOS NAVALES ARMADA NACIONAL 280