Page 70 - MANUAL DE CONVIVENCIA
P. 70
a. El Rector del Colegio quien lo convoca y lo preside
b. El personero estudiantil
c. Docente con función de orientador
d. El coordinador de convivencia (Cuando lo hay)
e. Presidente del Consejo de Padres de familia.
f. Presidente del Consejo Estudiantil
g. Dos docentes que lideren procesos y estrategias de convivencia, uno de primaria y
uno de bachillerato de ser posible, sino de acuerdo a la situación de cada colegio
h. Un padre de familia, que asumirá la secretaria permanente de este comité el cual
tendrá voz más no voto. (Opcional) según cada colegio.
Parágrafo Primero- Se establece la opción de suplentes, concretamente con los padres
de familia y el personero escolar (compañero de fórmula electoral) (opcional)
Parágrafo Segundo Adicionalmente, a las sesiones ordinarias o extraordinarias, se
autoriza la asistencia de (1) representante estudiantil del curso y el docente
acompañante del grado del estudiante que sea remitido al consejo. (opcional)
Parágrafo Tercero Por otra parte se citara al estudiante y su padre /madre y/o acudiente,
para ser escuchados en descargos, presentar sus pruebas y en general hacer frente a las
situaciones planteadas.
FUNCIONES
1. Servir de órgano consultor al Consejo Directivo, en la revisión de las propuestas y/o
modificaciones del Proyecto Educativo Institucional.
2. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre
docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
3. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la
construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN –COLEGIOS NAVALES ARMADA NACIONAL 283