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De acuerdo con la Ley 115 de 1994 y en conformidad con el decreto 1290 de 2009, serán

                  promovidos  los  grados  de  Primero  a  Noveno  de  Educación  Básica  quienes  hayan
                  aprobado todas y cada una de las asignatura del Plan de estudios y correspondientes a éste

                  nivel,  obteniendo la valoración de nivel de Desempeño Básico, nivel de Desempeño Alto,
                  nivel  de  Desempeño  superior,  respondiendo  al  desarrollo  de  habilidades,  conceptos  y

                  actitudes desarrolladas que han sido descritas en la matriz de valoración.
                  Parágrafo:  En  caso de  presentarse  la  reprobación en  una asignatura (Desempeño  Bajo),

                  después  de  agotar  todas  las  instancias  de  refuerzo  y  recuperación;  el  educando  debe

                  presentar una prueba final de recuperación de la asignatura reprobada antes de culminar el
                  año escolar.



                  No  serán  promovidos  los  estudiantes  de  los  grados  de  Primero  a  Noveno  de
                  Educación Básica que:

                     Obtengan  nivel  de  Desempeño  Bajo,  en  dos  o  más  asignaturas  del  Plan  de
                       estudios  al finalizar  el  año  lectivo  de  acuerdo  con  los criterios definidos  en

                       cuanto  a  conocimientos,  habilidades  y  actitudes,  definidos  en  la  matriz  de
                       valoración.

                     Obtengan  nivel de Desempeño Bajo en el área Cátedra Institucional y una (1)

                       o más asignaturas del plan de estudios de acuerdo con los criterios definidos en
                       cuanto  a  conocimientos,  habilidades  y  actitudes,  definidos  en  la  matriz  de

                       valoración.
                     Por  inasistencia  justificada  o  injustificada  del  20%  de  la  intensidad  horaria

                       establecida  en  el  currículo  institucional.  (Por  situación  médica  el  estudiante
                       deberá  anexar  las  excusas  médicas  originales  de  la  EPS  sin  tachones  ni

                       enmendaduras, para casos de calamidad doméstica y enfermedad la inasistencia

                       debe tener la aprobación de la Coordinación  académica  y/o  convivencia  con
                       tres   días   hábiles,   igualmente   asumirá   el   compromiso   para   nivelar   las

                       actividades académicas y presentarlas oportunamente; la excusa no lo exonera

                       de los deberes y responsabilidades académicas  correspondiente.)






                                              SISTEMA  INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN  –COLEGIOS NAVALES ARMADA NACIONAL   177
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