Page 2 - CAPITULO QUINTO DEBER DER
P. 2

CAPITULO QUINTO. DERECHOS, DEBERES, ESTIMULOS Y PROHIBICIONES
                                                  DE LOS ESTUDIANTES

                  Artículo 32 Derechos del Estudiante.

                  Derecho  es  la  facultad  que  tiene  cada  persona  para  decidir  y  exigir  sobre  las
                  prerrogativas  establecidas  que  las  favorecen.  El  derecho  de  una  persona  está
                  limitado por los derechos de los demás.

                  Son  derechos  fundamentales  en  la  Institución  Educativa  La  Paz  No.1:  la  vida,  la
                  integridad física, la salud, la educación, la cultura, la recreación y la libre expresión
                  de opinión, y todos los demás expuestos en la Constitución Política, en las leyes y
                  tratados internacionales ratificados por Colombia, entre los que se encuentran:

                  1.  Recibir una educación de calidad que garantice una formación integral, ya que este
                      es un derecho especial de los menores de edad, que tiene una función social, con
                      ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás
                      bienes y valores de la cultura.

                  2.  Conocer el Pacto de Convivencia de la institución educativa.
   1   2   3   4   5   6   7