Page 2 - CAPITULO QUINTO DEBER DER
P. 2
CAPITULO QUINTO. DERECHOS, DEBERES, ESTIMULOS Y PROHIBICIONES
DE LOS ESTUDIANTES
Artículo 32 Derechos del Estudiante.
Derecho es la facultad que tiene cada persona para decidir y exigir sobre las
prerrogativas establecidas que las favorecen. El derecho de una persona está
limitado por los derechos de los demás.
Son derechos fundamentales en la Institución Educativa La Paz No.1: la vida, la
integridad física, la salud, la educación, la cultura, la recreación y la libre expresión
de opinión, y todos los demás expuestos en la Constitución Política, en las leyes y
tratados internacionales ratificados por Colombia, entre los que se encuentran:
1. Recibir una educación de calidad que garantice una formación integral, ya que este
es un derecho especial de los menores de edad, que tiene una función social, con
ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás
bienes y valores de la cultura.
2. Conocer el Pacto de Convivencia de la institución educativa.

