Page 7 - CAPITULO QUINTO DEBER DER
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directrices  internas  que  regulan  las  relaciones  académicas,  disciplinarias  y
                  administrativas, que son diseñadas para el logro de los fines que orientan el plantel
                  con el cual se vinculan”.

                  Artículo 34. Deberes del Estudiante en el Orden Académico.
                  1.  Contribuir  y cumplir  efectivamente  con su  buen  comportamiento y hábitos de
                      estudio para que el proceso de enseñanza – aprendizaje tenga éxito.
                  2.  Representar  la  institución  en  las  actividades  deportivas,  artísticas,  culturales,
                      sociales, etc., en las cuales la Institución considere conveniente su participación,
                      cumpliendo para ello con las horas de entrenamiento, ensayo o práctica para las
                      mismas.
                  3.  Cumplir con los deberes académicos. (Tareas, trabajos colaborativos entre
                      otros).
                  4.  Valorar la importancia de los logros de cada área, los cuales contribuyen a su
                      formación integral.
                  5.  Asistir puntualmente a todas las clases y actividades programadas por el plantel.
                  6.  Cumplir con las actividades académicas y útiles necesarios que se requieren en
                      sus labores diarias.
                  7.  Traer y mantener los elementos indispensables para el cumplimiento de los
                      deberes escolares, debidamente marcados.
                  8.  Buscar siempre la excelencia en sus resultados académicos.
                  9.  Interesarse por conocer a tiempo las actividades propuestas para la recuperación
                      de actividades de desempeño y buscar oportunamente asesoría para solucionar
                      las  dudas  o  deficiencias  presentadas  en  determinada  área.  Una  vez  se  haya
                      coordinado con el docente, el estudiante deberá prepararse adecuadamente para
                      presentar la recuperación en la fecha asignada por el docente o la institución.

                  Artículo 35. Deberes del Estudiante en el Orden Disciplinario

                   1.  Cumplir con las normas institucionales.
                   2.  Respetar  a  todos  los  miembros  que  conforman  la  comunidad  educativa  sin
                       distinción  de  religión,  preferencia  sexual,  cargo,  género,  etnia,  nacionalidad  y
                       otros.
                   3.  No  agredir  físicamente  ni  verbalmente  a  ningún  miembro  de  la  comunidad
                       educativa, lo que incluye la abstención del uso de lenguaje grotesco o vulgar, el
                       uso de apodos o sobrenombres que causen daño a la dignidad de las personas.
                   4.  Conocer  que  la  educación  es  un  derecho-deber  que  trae  consigo
                       responsabilidades  que  afectan  la  convivencia  y  el  bien  común,  lo  cual
                       comprende no coartar la libertad y bienestar de los demás, es decir, no
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