Page 7 - CAPITULO QUINTO DEBER DER
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directrices internas que regulan las relaciones académicas, disciplinarias y
administrativas, que son diseñadas para el logro de los fines que orientan el plantel
con el cual se vinculan”.
Artículo 34. Deberes del Estudiante en el Orden Académico.
1. Contribuir y cumplir efectivamente con su buen comportamiento y hábitos de
estudio para que el proceso de enseñanza – aprendizaje tenga éxito.
2. Representar la institución en las actividades deportivas, artísticas, culturales,
sociales, etc., en las cuales la Institución considere conveniente su participación,
cumpliendo para ello con las horas de entrenamiento, ensayo o práctica para las
mismas.
3. Cumplir con los deberes académicos. (Tareas, trabajos colaborativos entre
otros).
4. Valorar la importancia de los logros de cada área, los cuales contribuyen a su
formación integral.
5. Asistir puntualmente a todas las clases y actividades programadas por el plantel.
6. Cumplir con las actividades académicas y útiles necesarios que se requieren en
sus labores diarias.
7. Traer y mantener los elementos indispensables para el cumplimiento de los
deberes escolares, debidamente marcados.
8. Buscar siempre la excelencia en sus resultados académicos.
9. Interesarse por conocer a tiempo las actividades propuestas para la recuperación
de actividades de desempeño y buscar oportunamente asesoría para solucionar
las dudas o deficiencias presentadas en determinada área. Una vez se haya
coordinado con el docente, el estudiante deberá prepararse adecuadamente para
presentar la recuperación en la fecha asignada por el docente o la institución.
Artículo 35. Deberes del Estudiante en el Orden Disciplinario
1. Cumplir con las normas institucionales.
2. Respetar a todos los miembros que conforman la comunidad educativa sin
distinción de religión, preferencia sexual, cargo, género, etnia, nacionalidad y
otros.
3. No agredir físicamente ni verbalmente a ningún miembro de la comunidad
educativa, lo que incluye la abstención del uso de lenguaje grotesco o vulgar, el
uso de apodos o sobrenombres que causen daño a la dignidad de las personas.
4. Conocer que la educación es un derecho-deber que trae consigo
responsabilidades que afectan la convivencia y el bien común, lo cual
comprende no coartar la libertad y bienestar de los demás, es decir, no

