Page 78 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
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Corte Superior de Justicia de Ica                                                                                      Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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                                 LA INOBSERVANCIA DE LA JURISPRUDENCIA,
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                                                         PROFESIONAL, Y LA FALTA DE
                                        FUNDAMENTACIÓN EN LOS ESCRITOS DE
                                                                                          DEMANDA

                                                                                                          1
                                                                         Jorge Máximo Gutiérrez Ibarra


                    TEMA RELEVANTE



                  El autor aborda los matices y dilogías desprendidos de la relación casi causal, con las que

                  se  entrelazan  la  correcta  motivación  de  resoluciones  judiciales,  con  la  correcta

                  fundamentación de las demandas, exponiendo de manera sucinta, la intimidad con la que

                  una se convierte en consecuencia de la otra; rebelando a tal efecto, la incompatibilidad de

                  la falta de ética profesional y buena fe procesal, con la correcta administración de justicia;

                  y la ulterior necesidad de sanción como consecuencia de ello.


                  PALABRAS CLAVE

                  Motivación. Buena fe. Impericia. Moralidad. Responsabilidad.



                  INTRODUCCIÓN                                    A tal interrogante, debemos precisar que
                                                                  esta  exigencia  no  ha  sido  desatendida  –
                  Las líneas subsiguientes, han sido escritas     como  lo  veremos  en  los  párrafos
                  bajo el enfoque inexcusable que advierte        siguientes-  pero  si  secundada.  Esto,  a
                  el autor respecto a la diferencia, más que      criterio del dicente, debido a la coyuntura
                  sustancial,  con  la  que  se  exige  una       en que se ha visto inmersa la probidad y
                  correcta  motivación  de  las  resoluciones     buen juicio de esta institución, lo que ha
                  judiciales  –sentencias-,  respecto  a  la      dirigido la atención de los justiciables y la
                  inadvertida   impericia   y    falta   de       sociedad  misma  exclusivamente  en  las
                  argumentación de las demandas. Dicho de         formas  y  criterios  empleadas  por  los
                                                                        6
                  otro  modo,  si  la  ausencia  de  motivación   jueces  al resolver un proceso. Si bien es
                  suficiente en una sentencia es pasible de
                  responsabilidad  disciplinaria,  y  en  su      1 Asistente  Judicial  en  el  Juzgado  de  Trabajo
                  extremo    más    gravoso,   prevaricato.       Transitorio de Chincha, Corte Superior de Justicia
                  Entonces,  la  falta  de  argumentación  que    de Ica.
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                                                                  La palabra juez se concibe tanto para designar a
                  incorporaría  la  inobservancia  de  las        la  persona  que  juzga,  como  al  conjunto  de
                  normas,  y  la  adaptación  conveniente  de     personas que actúan en el proceso y no son parte o
                  los fundamentos basados en los hechos no        defensores,  mejor  que  juez,  tal  conjunto  se
                  esclarecidos de las demandas ¿de qué es         designa  en  la  denominación  de  oficio  judicial,
                  pasible?                                        entendiéndose   por   este   una   universitas
                                                                  pansonarum,  es  decir  un  agregado  de  personas
                                                                  conjuntamente combinados para el ejercicio de la
                                                                  función judicial (Carnelutti. 1996, pp. 331).



                            “La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”
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