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Corte Superior de Justicia de Ica Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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escrito, deben hacerse de forma oral y que simplemente es presentar la mejor
esos pedidos se hacen en un campo de alternativa posible mostrando varias
audiencias donde se contradicen, se de ellas con sus ventajas e
corren y se absuelven traslados, en inconvenientes.
síntesis, se debate y se resuelve todo en el
mismo acto. VI. EL LENGUAJE JUDICIAL
CLARO OLVIDADO DURANTE EL
Se evita así el ―traslado del traslado del PROCESO.
traslado‖ y sus tiempos para contestar,
como se da en el proceso escrito. Pero Un proceso judicial se puede caracterizar
para lograr ello, se requiere de una con absoluta certeza como una estructura
adecuada preparación del caso y de los claramente comunicacional. Esto se
distintos avatares del proceso, eliminando convierte en un punto de partida
tiempos muertos para cumplir con el fundamental en todo proceso de reforma
principio del ―plazo razonable‖ del procesal al observarse que resulta
proceso. llamativamente invisible el hecho que
constituye un ámbito integrado por
Pero ¿por qué decimos que el proceso múltiples actos de habla, escritos u orales,
oral es mejor que el proceso escrito? enunciados de distinta naturaleza y
Consideramos que varias son las razones discursos creados o combinados por
que a la vez se constituyen en requisitos: diferentes interlocutores que se dirigen a
su vez a variados auditorios.
1. La presencia permanente del Juez
como verdadero director del Advertimos como tendencia similar en
proceso, tal como lo establece el los procesos de reforma, haciendo notar
Art. 50 Inc. 1 del Código Procesal que están a la vanguardia de la
Civil, dirigiéndolo y resolviendo las modernización, que se está poniendo
cuestiones que se planteen de forma mucho énfasis en el uso de las tecnologías
inmediata. de la información, la implementación de
2. Una verdadera preparación del caso la oralidad, modificaciones a la estructura
-teoría del caso- por parte de los burocrática del órgano jurisdiccional y la
abogados. mejora del modelo de gestión de los
3. La comunicación más completa, por recursos públicos; sin embargo, poco se
el hecho de que al sistema dedican al punto principal que alimenta
comunicativo básico le agregamos todo engranaje del aparato judicial: el
lenguaje judicial.
4. un aspecto esencial que es el
lenguaje del cuerpo y del rostro, Pero, ¿Es suficiente con implementar
que determinan la validez y escenarios de oralidad basados en avances
veracidad de los mensajes que se tecnológicos, un diseño en la
comunican. planificación y administración del
5. Esa comunicación tiene que ir juzgado y la agenda judicial y posibles
acompañada de un mensaje modificaciones en la gestión de las causas
persuasivo que nos permita obtener judiciales para asegurar una máxima
un resultado positivo. Ese mensaje accesibilidad comunicacional?
persuasivo no consiste en un
engaño, ni en un lavado de cerebro,
“La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”