Page 1307 - FLIP SEXTO TETRA V2
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1.- Excepciones de fondo o sustanciales.
2.- Excepciones de forma y procésales.
3.- Excepciones Perentorias.
4.- Excepciones Dilatorias.
La excepción de Fondo o Sustancias, será si la oposición del demandado se refiere a la
pretensión misma del actor.
La excepción de Forma o Procesal, si la oposición o resistencia se enfoca hacia la relación
procesal, hacia su valida integración.
La excepción perentorias, son todas aquellas que no están reglamentadas por la ley como
dilatorias.
Principales excepciones perentorias y dilatorias.
Perentorias.- Los tratadistas sostienen que estas excepciones son tantas como las causas en
virtud de las cuales se extinguen las obligaciones, entre las cuales podemos mencionar las
siguientes:
- El pago,
- La dación, en pago,
- La compensación,
- La confusión de Derechos,
- La remisión de deuda,
- La novación,
- La revocación,
- La perdida de la cosa,
- La prescripción,
- El términoextintivo,
- La transacción,
- El pacto o promesa de no pedir,
- La renuncia del derecho del reclamante,
- La nulidad,
- La rescisión del contrato,
- La excepción non numerata y pecunia,
- La falta de acción,
- La plus petición,
- El compromiso de someter la cuestión al juicio de árbitros o amigables componedores.
- La simulación o inexistencia,
- La falsedad del título, y
- La cosa Juzgada.
Dilatorias.-
- La incompetencia del Juez,
- La litispendencia,
- La conexidad de la cosa,
- La falta de personalidad o capacidad en el actor,
- La falta de personalidad o capacidad en el demandado, por no tener el carácter o
representación con que se le demande;

