Page 1307 - FLIP SEXTO TETRA V2
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1.- Excepciones de fondo o sustanciales.
 2.- Excepciones de forma y procésales.
 3.- Excepciones Perentorias.
 4.- Excepciones Dilatorias.
 La excepción de Fondo o Sustancias, será si la oposición del demandado se refiere a la
 pretensión misma del actor.
 La excepción de Forma o Procesal, si la oposición o resistencia se enfoca hacia la relación
 procesal, hacia su valida integración.
 La excepción perentorias, son todas aquellas que no están reglamentadas por la ley como
 dilatorias.
 Principales excepciones perentorias y dilatorias.
 Perentorias.- Los tratadistas sostienen que estas excepciones son tantas como las causas en
 virtud de las cuales se extinguen las obligaciones, entre las cuales podemos mencionar las
 siguientes:
 - El pago,
 - La dación, en pago,
 - La compensación,
 - La confusión de Derechos,
 - La remisión de deuda,
 - La novación,
 - La revocación,
 - La perdida de la cosa,
 - La prescripción,
 - El términoextintivo,
 - La transacción,
 - El pacto o promesa de no pedir,
 - La renuncia del derecho del reclamante,
 - La nulidad,
 - La rescisión del contrato,
 - La excepción non numerata y pecunia,
 - La falta de acción,
 - La plus petición,
 - El compromiso de someter la cuestión al juicio de árbitros o amigables componedores.
 - La simulación o inexistencia,
 - La falsedad del título, y
 - La cosa Juzgada.

 Dilatorias.-
 - La incompetencia del Juez,
 - La litispendencia,
 - La conexidad de la cosa,
 - La falta de personalidad o capacidad en el actor,
 - La falta de personalidad o capacidad en el demandado, por no tener el carácter o
 representación con que se le demande;
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