Page 1304 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 1304
o resistencia).
DEFENSA: Consiste en una negación de los hechos y del derecho invocados por el actor y su
prototipo es la SINE ACTIONE AGIS que consiste en invertir la carga de la prueba hacia el
actor que es quien esta afirmando y consecuentemente obligado a probar.
13. Dé el concepto de excepción en sus dos acepciones y establezca su clasificación,
explicándolas puntualmente y cuál es el criterio que en el sistema jurídico mexicano se tiene
respecto de la diferencia entre excepción y defensa.
EXCEPCIONES: Este término tiene al menos 2 significados:
1 Como derecho a defenderse en juicio y que corresponde al sentido amplio de la palabra
a) En sentido estricto que es toda causa razonamiento o argumentación jurídica que invoca o
hace valer el demandado para combatir u oponerse a la acción ejercitada por el actor.
Las excepciones se clasifican en 2 grupos:
EXCEPCIONES DILATORIAS O PROCESALES: Tienen por objeto retrasar o suspender
temporalmente un proceso. Son las siguientes:
1.- LITISPENDENCIA
2.- CONEXIDAD
3.- FALTA DE PERSONALIDAD
4.- INCOMPETENCIA
5.- DIVISIÓN Y EXCUSIÓN
6.- FALTA DE CUMPLIMIENTO EN PLAZO O CONDICIÓN.
EXCEPCIONES PERENTORIAS OSUSTANCIALES: Cuya finalidad consiste en extinguir o
terminar con la acción intentada por el actor. Se clasifican como sigue:
1.- PAGO
2.- NOVACIÓN
3.- REMISIÓN
4.-DINERO NO ENTREGADO
5.-COSA JUZGADA
6.- NULIDAD
7.- FALSEDAD
8.- TRANSACCIÓN
9.- PLUS PETITIO
10.- NON ADIMPLETI CONTRACTUS
11.- SIMULACIÓN
12.-PRESCRIPCIÓN.
14. ¿Cuáles son los criterios de clasificación de las excepciones cuando se diferencian entre
procesales y sustanciales, entre dilatorias y perentorias y entre previas y de fondo?
Criterios de la clasificación de las excepciones.
Los criterios más comunes de clasificación de las excepciones son las siguientes:

