Page 1305 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 1305

o resistencia).

 DEFENSA: Consiste en una negación de los hechos y del derecho invocados por el actor y su
 prototipo es la SINE ACTIONE AGIS que consiste en invertir la carga de la prueba hacia el
 actor que es quien esta afirmando y consecuentemente obligado a probar.


 13. Dé el concepto de excepción en sus dos acepciones y establezca su clasificación,
 explicándolas puntualmente y cuál es el criterio que en el sistema jurídico mexicano se tiene
 respecto de la diferencia entre excepción y defensa.

 EXCEPCIONES: Este término tiene al menos 2 significados:
 1 Como derecho a defenderse en juicio y que corresponde al sentido amplio de la palabra
 a) En sentido estricto que es toda causa razonamiento o argumentación jurídica que invoca o
 hace valer el demandado para combatir u oponerse a la acción ejercitada por el actor.
 Las excepciones se clasifican en 2 grupos:
 EXCEPCIONES DILATORIAS O PROCESALES: Tienen por objeto retrasar o suspender
 temporalmente un proceso. Son las siguientes:
 1.- LITISPENDENCIA
 2.- CONEXIDAD
 3.- FALTA DE PERSONALIDAD
 4.- INCOMPETENCIA
 5.- DIVISIÓN Y EXCUSIÓN
 6.- FALTA DE CUMPLIMIENTO EN PLAZO O CONDICIÓN.
 EXCEPCIONES PERENTORIAS OSUSTANCIALES: Cuya finalidad consiste en extinguir o
 terminar con la acción intentada por el actor. Se clasifican como sigue:
 1.- PAGO
 2.- NOVACIÓN
 3.- REMISIÓN
 4.-DINERO NO ENTREGADO
 5.-COSA JUZGADA
 6.- NULIDAD
 7.- FALSEDAD
 8.- TRANSACCIÓN
 9.- PLUS PETITIO
 10.- NON ADIMPLETI CONTRACTUS
 11.- SIMULACIÓN
 12.-PRESCRIPCIÓN.


 14. ¿Cuáles son los criterios de clasificación de las excepciones cuando se diferencian entre
 procesales y sustanciales, entre dilatorias y perentorias y entre previas y de fondo?
 Criterios de la clasificación de las excepciones.
 Los criterios más comunes de clasificación de las excepciones son las siguientes:
   1300   1301   1302   1303   1304   1305   1306   1307   1308   1309   1310