Page 1306 - FLIP SEXTO TETRA V2
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1.- Excepciones de fondo o sustanciales.
        2.- Excepciones de forma y procésales.
        3.- Excepciones Perentorias.
        4.- Excepciones Dilatorias.
        La excepción de Fondo o Sustancias, será si la oposición del demandado se refiere a la
        pretensión misma del actor.
        La excepción de Forma o Procesal, si la oposición o resistencia se enfoca hacia la relación
        procesal, hacia su valida integración.
        La excepción perentorias, son todas aquellas que no están reglamentadas por la ley como
        dilatorias.
        Principales excepciones perentorias y dilatorias.
        Perentorias.- Los tratadistas sostienen que estas excepciones son tantas como las causas en
        virtud de las cuales se extinguen las obligaciones, entre las cuales podemos mencionar las
        siguientes:
        - El pago,
        - La dación, en pago,
        - La compensación,
        - La confusión de Derechos,
        - La remisión de deuda,
        - La novación,
        - La revocación,
        - La perdida de la cosa,
        - La prescripción,
        - El términoextintivo,
        - La transacción,
        - El pacto o promesa de no pedir,
        - La renuncia del derecho del reclamante,
        - La nulidad,
        - La rescisión del contrato,
        - La excepción non numerata y pecunia,
        - La falta de acción,
        - La plus petición,
        - El compromiso de someter la cuestión al juicio de árbitros o amigables componedores.
        - La simulación o inexistencia,
        - La falsedad del título, y
        - La cosa Juzgada.

        Dilatorias.-
        - La incompetencia del Juez,
        - La litispendencia,
        - La conexidad de la cosa,
        - La falta de personalidad o capacidad en el actor,
        - La falta de personalidad o capacidad en el demandado, por no tener el carácter o
        representación con que se le demande;
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