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tres meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud respectiva.
7.- ¿cuál es el efecto de los criterios expedidos por los funcionarios fiscales federales?
Respecto a éste tópico el artículo 35 del CFF, dispone que los funcionarios fiscales facultados
debidamente podrán dar a conocer a las diversas dependencias el criterio que deberán seguir en
cuanto a la aplicación de las disposiciones fiscales, sin que por ello nazcan obligaciones para los
particulares y únicamente derivarán derechos de los mismos cuando se publiquen el DOF.
8. mencione cinco autorizaciones en materia fiscal federal.
• Para fusión (artículo 14-b fracs 1, CFF).
• De devolución de las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las
leyes fiscales (artículo 22, CFF).
• De estímulos fiscales (artículo 16, ley de ingresos de la federación).
• De instrucciones anticipadas de pagos (artículo 31, CFF).
• A contadores públicos para formular los dictámenes sobre los estados financieros de los
contribuyentes o las operaciones de enajenación de acciones que realicen (art 52, CFF).
• Para determinar el resultado fiscal consolidado que presente la sociedad controladora (artículo
65 fracc1, LISR).
• Para imprimir comprobantes, (art 29, CFF).
• Para recibir donativos deducibles, art 31 LISR.
• De devolución, art 22 CFF.
• De compensación, art 23 CFF.
• De condonación, art 146-b CFF.
• De dación en pago, art 26 LIST.
9.-¿cuál es el término para presentar la solicitud de dación en pago?
La dación en pago está contemplada en los arts. 25 a 29 de la ley del servicio de la tesorería de la
federación (LIST). la ley no prevé ningún término, pues es un ofrecimiento que realiza el
contribuyente ante el fisco federal con la finalidad de pagar total o parcialmente un crédito fiscal.
10.-¿cuál es el término para resolver la solicitud de dación en pago?
El art. 25, segundo párrafo de la LIST, dispone que la solicitud de dación en pago deberá resolverse
en un término que no excederá de 30 días hábiles contados a partir de que esté debidamente
integrado el expediente, y no podrá ser impugnada en recurso administrativo, ni en juicio de nulidad
ante el tribunal federal de justicia fiscal y administrativa. En caso de que en dicho termino no se

