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La minería que genera desarrollo sostenible en De esta manera, se incluye la posibilidad de
su entorno es atractiva para las comunidades y que un tercero con interés legítimo en el uso
evita conflictos socio-ambientales. alternativo y económicamente viable de algu
na instalación o infraestructura de una unidad
En ese contexto, teniendo en cuenta lo indica minera pueda solicitar la aplicación del artículo
do, podría considerarse que el Plan de Cierre 18, ampliando así el ámbito de aplicación de
-como está regulado- no sería suficiente para la figura donde ya no solo las comunidades o
crear un espacio donde se pudiera ¡mplemen- el Estado pueden realizar el uso alternativo de
tar el reaprovechamiento de instalaciones o instalaciones mineras, sino también cualquier
infraestructura minera para que, en vez de tercero que esté interesado en darle un uso
cerrarse con el término de la actividad, podrían alternativo a una instalación o infraestructura
convertirse en un activo para el país y sobre minera en la cual podrán invertir y convertir en
todo para el área de influencia donde se llevó un activo para así reaprovecharla.
a cabo la actividad minera.
En ese sentido, la norma también indica que
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
Esto es porque el Reglamento actual no ha teni con relación a los fines para los cuales se puede
do mucho éxito en la aplicación del artículo 18; realizar el uso alternativo ya no solamente podrá
toda vez que solo contempla la posibilidad de ser de uso o interés público, sino que podrá ser
excluir una instalación cuando una comunidad otro fin debidamente acreditado v sustentado
o el Estado se encuentre interesado, lo cual ha técnicamente entre el beneficiario y el titular de
limitado mucho las opciones de darle un uso la actividad minera, manteniéndose el requisito
alternativo a las instalaciones o infraestructura de que no represente peligro para la salud o pu
utilizada para las actividades mineras, ya que di diera ocasionar daños ambientales, lo cual será
chas áreas ,una vez excluidas del Plan de Cierre, evaluado por la autoridad competente.
serán transferidas, lo cual normalmente impide
que se llegue a un acuerdo o una decisión, Además, la propuesta también plantea la posibi
sobretodo porque el beneficiario será quien lidad de que -por excepción- el uso alternativo
asuma la responsabilidad ambiental por el uso pueda recaer sobre componentes principales.
y eventual cierre de las instalaciones. en cuyo caso el titular minero seguirá siendo res
ponsable de mantener vigente la garantía finan
III. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 18 DEL ciera que cubra el cierre final de las instalaciones
REGLAMENTO DE LA LEY DE CIERRE DE o infraestructuras a ser transferidas hasta que el
MINAS beneficiario o un tercero las sustituya, o, hasta
que se otorgue el Certificado de Cierre Final y
Con el objetivo de mejorar y actualizar la nor se haga devolución de las garantías financieras.
mativa sobre el Plan de Cierre de Minas, en el
año 2016 se publicó la propuesta para modificar Es así que, en esta nueva opción la transferencia
el Reglamento de la Ley de Cierre de Minas en de responsabilidad no se da en su totalidad, sino
diversos artículos con la finalidad de facilitar la que el titular de la actividad primigenia deberá
implementación de las obligaciones estableci mantener vigente la garantía financiera, toda vez
das, así como acercarse más a la realidad de la que es un componente principal, el cual podría
actividad y a las necesidades de la sociedad, el generar un impacto ambiental de una mayor
Estado y la empresa con relación al término de magnitud en el caso que no fuera correctamente
la actividad minera. cerrado, remediado o rehabilitado. Sin perjuicio
ADVOCATUS 135 Es así que, dentro de la propuesta indicada, se nente principal es una modificación que apuesta
de lo indicado, la posibilidad de excluir un compo
al reaprovechamiento de grandes magnitudes.
planteó la modificación del artículo 18 sobre el
uso alternativo de las instalaciones para incluir
más supuestos de aplicación y, asimismo, espe
que el mismo titular de la actividad pueda soli
cificare! procedimiento para su implementación. Asimismo, la modificación también permitiría
102 S a m a n t h a B o y R o c a / D i e g o G r i s o l l e F o n t a n a